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BASES DE LAS SUBVENCIONES DIRECTAS POR RAZONES HUMANITARIAS

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife


 

BASES DE LAS SUBVENCIONES DIRECTAS POR RAZONES HUMANITARIAS A FAVOR DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE O SUS ENTIDADES PÚBLICAS DEPENDIENTES (2021)

 

OBJETIVO:


Con la aprobación de las presentes Bases Reguladoras, el Cabildo Insular de Tenerife establece las normas para la concesión directa de subvenciones a favor de los ayuntamientos de la isla de Tenerife o sus entidades públicas dependientes para dar cobertura a las necesidades de la población especialmente vulnerable como consecuencia de la crisis sanitaria, económica y social derivada de la pandemia mundial Covid-19

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Ayuntamientos de la isla de Tenerife o sus entidades públicas dependientes

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


El objeto de las subvenciones será atendido a través de dos líneas:

LÍNEA 1: SUBVENCIONES PARA PALIAR SITUACIONES DE NECESIDAD EN LA POBLACIÓN GENERAL.

Dirigida a la población en general y a colectivos especialmente vulnerables, para paliar las situaciones de necesidad detectadas y que faciliten a las personas y familias una mejora de su situación de vulnerabilidad social, incluyendo colectivos de especial necesidad como colectivos sin hogar, inmigrantes sin posibilidad de acceso a recursos, familias con hijos e hijas a cargo, así como cualquier otro que presente especial vulnerabilidad.

- Plazo de ejecución: del 31 de mayo de 2021 hasta el 31 de mayo de 2023.

LÍNEA 2: SUBVENCIONES PARA PALIAR EL AISLAMIENTO SOCIAL Y SOLEDAD DE LAS PERSONAS MAYORES A TRAVÉS DE ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE.

- Dirigida al colectivo de personas mayores

- Plazo de ejecución: del 1 de junio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


LÍNEA 1: SUBVENCIONES PARA PALIAR SITUACIONES DE NECESIDAD EN LA POBLACIÓN GENERAL.

Esta línea va dirigida a sufragar gastos de alimentación, higiene personal, material de autoprotección, ropa y calzado, farmacia, productos de higiene del hogar, utensilios domésticos y mobiliario básico e indispensable para el hogar, así como cualquier otro gasto que deba atenderse por parte del destinatario final cuando, conforme a lo informado por el personal de los servicios sociales del Ayuntamiento o certificado por el personal competente, y por los motivos expuestos de alimentación, salud o vivienda o por cualquier otro motivo, requiera de su pago para evitar situaciones de urgencia social, riesgo o exclusión social, y pueda sufragarse el gasto con esta forma de pago.

Gastos de personal. También se podrá atender con esta ayuda a gastos de personal, para reforzar la estructura organizativa del ayuntamiento, tanto técnico como administrativo. El personal contratado deberá desarrollar funciones específicas de gestión, atención y valoración de las situaciones de vulnerabilidad social detectadas en la población del municipio pudiendo alcanzar un porcentaje máximo de un 20% del importe de la subvención

LÍNEA 2: SUBVENCIONES PARA PALIAR EL AISLAMIENTO SOCIAL Y SOLEDAD DE LAS PERSONAS MAYORES A TRAVÉS DE ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE.

- Las acciones objeto de esta línea de subvención serán aquellas encaminadas a superar el aislamiento social y la soledad de las personas mayores a través de actividades individuales y/o colectivas que ayuden a promover un envejecimiento activo, el bienestar social y la mejora de la salud física, mental y emocional.

FINANCIACIÓN:


LÍNEA 1: SUBVENCIONES PARA PALIAR SITUACIONES DE NECESIDAD EN LA POBLACIÓN GENERAL.

- Se contemplan dos modos de implementar la ayuda:

A. Ayudas a través de tarjetas sociales pre-pago y sus recargas o reposiciones económicas, dotada con tres millones (3.000.000,00) de euros. De ese importe un millón (1.000.000,00) de euros, se destinarán a tarjetas nuevas, y el resto, es decir, los otros dos millones (2.000.000,00) de euros, para sus recargas o para recargas de cualquier otra tarjeta de la que dispusiera previamente el ayuntamiento. Por tanto, la cuantía asignada a las personas o familias beneficiarias deberá ser entregada a través de tarjetas prepago, es decir, a través de tarjetas por un valor económico determinado, con la finalidad de que sean las propias familias las que adquieran los productos que necesiten, quedando, por tanto, excluida la entrega directa de cualquier material

B. Ayudas económicas directas, en modo distinto al anterior: dotada con tres millones seiscientos trece mil (3.613.000,00) euros.

Como alternativa a la anterior forma de pago, se contemplan estas ayudas directas para alimentos, bienes, servicios o cualquier otra prestación de las descritas en la letra A, siempre que el modo de operar, es decir, la entrega directa, lo permita.

LÍNEA 2: SUBVENCIONES PARA PALIAR EL AISLAMIENTO SOCIAL Y SOLEDAD DE LAS PERSONAS MAYORES A TRAVÉS DE ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE.

El crédito previsto para cada línea de subvención será repartido entre todos los ayuntamientos de la isla de Tenerife que presenten solicitud de subvención y cumplan con lo previsto en las presentes Bases Reguladoras, de acuerdo con los siguientes criterios de reparto.

Criterios para la Línea 1. SUBVENCIONES PARA PALIAR SITUACIONES DE NECESIDAD EN LA POBLACIÓN GENERAL:

1. Municipal lineal: 20% (para todos los municipios).

2. Demográfico: 30% (datos del Padrón 2019).

3. Socioeconómico: 50% (distribución por municipios del total de personas desempleadas).

Criterios para la Línea 2. SUBVENCIONES PARA PALIAR EL AISLAMIENTO SOCIAL DE LAS PERSONAS MAYORES A TRAVÉS DE ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE:

1. Municipal Lineal: 20% (para todos los municipios).

2. Demográfico: 50% (datos del Padrón 2019)

3. Socioeconómico: 30%. (distribución por municipios del total de personas desempleadas).

Concretamente, en relación a la línea 2 se ajustará al siguiente detalle:

Criterio demográfico: Fuente de obtención de datos demográficos: Istac 1-1-2020

• Subcriterio. Población entre 65-79 años (30%). Para calcular el reparto se utiliza: el «% de población entre 65-79 años» que cada municipio tiene en comparación con el total de población «entre 65 y 79 años» que hay en la Isla.

• Subcriterio. población de 80 años y más (20%).

Para calcular el reparto se utiliza: el «% de población igual y mayor de 80 años», que cada municipio tiene en comparación con el total de población «igual o mayor de 80 años» que hay en la Isla.

Criterio Socioeconómico: Fuente de obtención de datos socioeconómicos: OBECAN abril 2021.