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APOYO DE PROGRAMAS JUVENILES

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife


ANUNCIO RELATIVO A LA APROBACIÓN DE FORMA CONJUNTA DE LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE PARA EL APOYO DE PROGRAMAS JUVENILES Y SU CONVOCATORIA

EXTRACTO DEL ACUERDO DE 3 DE ABRIL DE 2024 (AC0000021109), DEL CONSEJO DE GOBIERNO DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE, CELEBRADO EN SESIÓN ORDINARIA, POR EL QUE SE APRUEBA DE FORMA CONJUNTA LAS BASES Y CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS A AYUNTAMIENTOS DE TENERIFE PARA EL APOYO DE PROGRAMAS JUVENILES

OBJETIVO:


actuaciones correspondientes a programas de actividades juveniles desarrollados por el municipio y que estén dirigidos a jóvenes

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ayuntamientos de Tenerife que realicen en el marco temporal indicado en la base anterior las actuaciones descritas.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Serán subvencionables las actuaciones correspondientes a programas de actividades juveniles desarrollados por el municipio y que estén dirigidos a jóvenes con el rango de edad previsto en el artículo 2.1 de la Ley 2/2023, de 1 de marzo, de Políticas de Juventud de Canarias, esto es, entre los doce y los treinta años.

FINANCIACIÓN:


El importe de la ayuda a conceder a cada ayuntamiento beneficiario se calculará mediante la distribución a partes iguales del crédito convocado entre el número total de beneficiarios, hasta el máximo del importe solicitado o declarado subvencionable en su caso. Si por la aplicación de este límite de máximo subvencionable existiese sobrante de crédito convocado y alguna de las actuaciones declaradas elegibles viene siendo realizada por el Ayuntamiento beneficiario durante los últimos veinte (20) años, y así lo acredita debidamente en la memoria presentada con la solicitud, el importe sobrante será distribuido entre los Ayuntamientos beneficiarios que se encuentren en esta situación, hasta alcanzar el importe máximo subvencionable. De existir sobrante será distribuido a partes iguales entre el resto de Ayuntamientos beneficiarios