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APOYO A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO 2024

InformaciónTramitaciónNormativa

CONSEJERÍA DE TURISMO Y EMPLEO


EXTRACTO DE RESOLUCIÓN DE 4 DE ABRIL DE 2024, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS UNIDADES DE APOYO A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL, EN EL MARCO DE LOS SERVICIOS DE AJUSTE PERSONAL Y SOCIAL DE LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO (EJERCICIO 2024).

OBJETIVO:


subvenciones a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesiona de los Centros Especiales de Empleo

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Centros especiales de empleo

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


1. Destinatarios finales de la subvención.

1.1. Los destinatarios finales de este programa serán las personas trabajadoras con discapacidad de los CEE que se encuentren en alguno de los supuestos que se describen a continuación:

a) Personas con parálisis cerebral, personas con trastorno de la salud mental, personas con discapacidad intelectual o personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.

b) Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.

1.2. Las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional podrán prestar servicio también a los trabajadores con discapacidad del Centro Especial de Empleo no incluidos en el apartado anterior, siempre y cuando la dedicación a estos trabajadores no menoscabe la atención de los incluidos en el apartado anterior.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Las subvenciones se destinarán a financiar los costes laborales y de Seguridad Social, correspondientes al ejercicio 2024, derivados de la contratación indefinida del personal de las UAAP en los CEE, para el desarrollo de las funciones descritas y con las personas destinatarias previstas respectivamente en los artículos 2 y 3.1 del Real Decreto 469/2006.


FINANCIACIÓN:


1.440 euros anuales, por cada persona trabajadora con el tipo y grado de discapacidad indicados en el apartado anterior, contratada por el CEE a fecha de Solicitud, siempre que su contrato permanezca vigente por tiempo indefinido o de forma temporal con una duración igual o superior a 6 meses y que no haya expirado a fecha de concesión de la subvención. El importe de la subvención de 1.440 euros se reducirá de forma proporcional en función de la duración de cada contrato, así como en función de la duración de la jornada si es a tiempo parcial. Para ello, el SCE consultará, a través de la Plataforma de Intermediación o con cruces directos, los datos de las personas con discapacidad en orden a poder determinar el importe de subvención a conceder: Vida Laboral, acreditación de discapacidad y Registros de contratos laborales.