Cabildo Insular de Tenerife
EXTRACTO DEL ACUERDO AC0000022517, DE 31 DE JULIO DE 2024, DEL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR, POR EL QUE SE CONVOCAN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA SUBVENCIONES DESTINADAS A LA APERTURA DE NUEVA EMPRESA Y/O LOCAL, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2024
OBJETIVO:
subvenciones, en régimen concurrencia no
competitiva de las subvenciones destinadas a facilitar la puesta en marcha de una actividad empresarial
por personas trabajadoras por cuenta propia, como autónomas, conjuntamente con otras personas
trabajadoras, o que tengan previsto la expansión de una actividad económica a través de la apertura de
un nuevo local, en el que se preste el servicio directo al público, o establecimiento comercial de una
actividad ya existente, y que generen empleo en la isla de Tenerife.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
personas físicas, jurídicas, sociedades civiles, comunidades
de bienes y agrupaciones de personas que hubieran puesto en marcha una iniciativa empresarial, y en el
caso de las sociedades mercantiles, mercantiles especiales, sociedades civiles y comunidades de bienes,
aquellas cuyo capital social sea titularidad únicamente de personas físicas, e igualmente, aquellas
agrupaciones de personas en que todas ellas sean personas físicas que hubieran puesto en marcha o
pretendan poner en marcha una iniciativa empresarial cuyos plazos de constitución o inicio de
actividades económicas sean desde el 01 de septiembre de 2023 hasta el 31 de agosto de 2024, que
cumplan los requisitos establecidos en la Base segunda de las reguladoras
FINANCIACIÓN:
El importe a conceder dependerá de las circunstancias personales del/la solicitante y del empleo estable
que se pretende crear con la nueva empresa, de la siguiente forma:
- Solicitante General (individual o colectivo): 1.000,00 €.
- Incremento por apertura de local a pie de calle, entendiéndose por tal aquel que permita el acceso
directo a los consumidores desde la vía pública: 6.000,00 €.
Se entenderá por local a pie de calle aquel cuya ubicación se encuentre a nivel de suelo y que permita el
acceso directo a los consumidores desde la vía pública para recibir el servicio prestado o realizar la
transacción comercial.
No tendrán esta consideración aquellos locales que no estén ubicados en una planta a nivel de calle o los
que se encuentren ubicados en centros comerciales.
- Incremento por solicitante, o la mayoría de los socios integrantes que trabajen del colectivo solicitante
supongan al menos el 50% del capital o aportaciones fundacionales, con grado de discapacidad
reconocida igual o superior al 33%: 1.000,00 €.
- Incremento para solicitantes mujeres o en cuyo colectivo que trabajen y estas sean, al menos, el 50%
del capital total o aportaciones a la fundación del colectivo en que se integran: 1.000,00 €.
- Incremento por creación de empleo por cuenta ajena: 400,00 € por cada contrato a tiempo completo
(máx. 5 contratos). En caso de contratos a tiempo parcial, podrán percibir la parte proporcional que
corresponda en la misma proporción que represente la jornada parcial de ese contrato respecto de la
jornada completa de 40 horas semanales.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de
Santa Cruz de Tenerife (8 DE AGOSTO 2024 ) hasta el 30 de septiembre de 2024 o cuando se produzca el agotamiento del
crédito, si esto sucediera antes de esa fecha.
Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado oficial específicamente elaborado por el
Cabildo Insular de Tenerife, que se encuentra a disposición de los interesados en la sede electrónica
(https://sede.tenerife.es), apartado «Trámites y Servicios».