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SUBVENCIONES A FESTIVALES DE CINE 2020

InformaciónTramitaciónNormativa

Comisión Europea

CONVOCATORIA DE PROPUESTAS DEL SUBPROGRAMA MEDIA 2019 - SUBVENCIONES A FESTIVALES DE CINE 2020

OBJETIVO:

Apoyo a Festivales y Apoyo a las Redes Europeas de Festivales

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Los solicitantes deben ser entidades jurídicas europeas (empresas privadas, organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones, fundaciones, asociaciones sin ánimo de lucro, municipios/ayuntamientos, etc.), establecidas en uno de los países participantes en el subprograma MEDIA y que sean propiedad, directamente o por participación mayoritaria, de ciudadanos de estos países.

El Programa también estará abierto a acciones de cooperación bilateral o multilateral destinadas a los países o regiones seleccionados, basándose en los créditos adicionales pagados y en los acuerdos específicos adoptados con esos países o regiones.El Programa permitirá la cooperación y llevar a cabo acciones conjuntas con otros países que no participan en el Programa, así como con organismos internacionales activos en los sectores cultural y creativo, como la UNESCO, el Consejo de Europa, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico o la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, mediante contribuciones conjuntas destinadas a la consecución de los objetivos del Programa

La Acción 1 Apoyo a Festivales está abierta a una entidad europea.La Acción 2Apoyo a las Redes Europeas de Festivales está abierta a una red europea compuesta por una entidad de coordinación y un mínimo de tres organizaciones miembros. La entidad de coordinación y las organizaciones miembros deben estar legalmente establecidas en diferentes países participantes

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Para la Acción 1 Apoyo a Festivales y la Acción 2 Apoyo a las Redes Europeas de Festivales:Solo se admitirán las solicitudes presentadas por entidades elegibles que organicen festivales audiovisuales en países participantes en el subprograma MEDIA. Por «festival audiovisual» se entenderá todo acto que:

• presente una programación de películas admisibles (ficción, documentales o animación) que se proyecten para una amplia audiencia, en particular el público general así como profesionales internacionales acreditados del sector audiovisual y prensa;

• se celebre durante un periodo de tiempo específico, en una ciudad previamente convenida;

• cuente con un reglamento/procedimiento de selección claro.Un mínimo del 70 % de la programación admisible que se presente al público durante el festival, O BIEN un mínimo de 100 largometrajes (o 400 cortometrajes –en el caso de festivales de cortometrajes) deben ser originarios de países participantes en el subprograma MEDIA (véase la sección 6.1, PARTE A de las directrices). En esta programación de los «países del subprograma MEDIA»:· Al menos 50 % de las películas no serán nacionales. · Estarán representados al menos 15 de estos países. La duración máxima de las acciones será de 12 meses

Para la Acción 2 Apoyo a las Redes Europeas de FestivalesLas actividades elegibles para la red son las relacionadas con:- la coordinación de los miembros de la red y las actividades relacionadas con su desarrollo sostenible y estructurado (por ejemplo, actos de colaboración, puesta en común de conocimientos e información; comunicación entre los miembros);- la prestación de ayuda financiera a terceros (miembros de la red) para la realización de actividades conjuntas en línea con las prioridades y los objetivos de la convocatoria (el importe máximo de la financiación por miembro es de 30 000 EUR).

GASTOS SUBVENCIONABLES:

costos directos

los costos del personal que trabaja bajo un contrato de trabajo con el beneficiario o un acto de designación equivalente y asignado a la acción, siempre que estos costos estén en línea con la política habitual de remuneración del beneficiario.

Esos costos incluyen salarios reales más contribuciones a la seguridad social y otros costos legales incluidos en la remuneración. También pueden comprender remuneraciones adicionales, incluidos pagos basados ​​en contratos complementarios, independientemente de la naturaleza de dichos contratos, siempre que se paguen de manera consistente siempre que se requiera el mismo tipo de trabajo o experiencia, independientemente de la fuente de financiación utilizada ;

costos de viaje y dietas relacionados, siempre que estén en línea con las prácticas habituales de viaje del beneficiario;

los costos de depreciación de equipos u otros activos (nuevos o de segunda mano) como se registran en el estado contable del beneficiario

costos de consumibles y suministros, siempre que:

se compran de conformidad con las normas sobre contratos de ejecución establecidas en el acuerdo / decisión de subvención; y están directamente asignados a la acción;

costos derivados directamente de los requisitos impuestos por el Acuerdo (difusión de información, evaluación específica de la acción, auditorías, traducciones, reproducción), incluidos los costos de las garantías financieras solicitadas, siempre que los servicios correspondientes se compren de acuerdo con las normas sobre contratos de implementación establecido en el acuerdo / decisión de subvención;

costes derivados de subcontratos, siempre que se cumplan las condiciones específicas de subcontratación establecidas en el acuerdo / decisión de subvención;

costes de apoyo financiero a terceros siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el acuerdo / decisión de subvención;

derechos, impuestos y cargos pagados por el beneficiario, en particular el impuesto al valor agregado (IVA), siempre que estén incluidos en los costos directos elegibles, y a menos que se especifique lo contrario en el acuerdo / decisión de subvención.

costos indirectos

Una cantidad a tanto alzado del 7% del total de los costos directos elegibles de la acción es elegible como costos indirectos, lo que representa los costos administrativos generales del beneficiario que pueden considerarse imputables a la acción.

FINANCIACIÓN:

Para la Acción 1 Apoyo a Festivales está disponible un importe indicativo de 1,6 millones EUR para cada uno de los dos plazos. La contribución financiera de la UE adoptará la forma de una suma a tanto alzado, de acuerdo con el número de películas europeas en la programación, de entre 19 000 y 75 000 EUR.

La subvención de la UE se limitará a un porcentaje máximo de cofinanciación del 60 % de los costes totales subvencionables.Para la acción 2 Apoyo a las redes europeas de Festivales se dispone de un importe indicativo de 500 000 EUR.La contribución máxima por red seleccionada es de 180 000 EUR.La subvención de la UE se limitará a un porcentaje máximo de cofinanciación del 80 % de los costes totales subvencionables.