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SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS 2023

InformaciónTramitaciónNormativa

Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca


EXTRACTO DE LA ORDEN DE 15 DE MAYO DE 2023, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL EJERCICIO 2023, LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS, PREVISTAS EN EL DECRETO 235/1998, DE 18 DE DICIEMBRE, QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE SUBVENCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS EN MATERIA DE SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS.

OBJETIVO:


Fomentar la contratación de seguros agrarios combinados como medio para que el agricultor y ganadero canario se independice, en lo posible, de los daños producidos por las frecuentes variaciones de los agentes naturales, ayudando al mantenimiento de la renta agraria.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización

FINANCIACIÓN:


La cuantía de las subvenciones serán las siguientes:

- Seguros de Retirada y destrucción de animales muertos en la explotación (bovinos y resto de especies), también en sus opciones renovables, 90% sobre la prima comercial base neta del seguro.

- Resto de seguros ganaderos, 40% sobre la prima comercial base neta del seguro.

- Seguros de acuicultura marina, 18% sobre la prima comercial base neta del seguro.

- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de plátano, 25% sobre la prima comercial base neta del seguro.

- Seguro con coberturas crecientes para explotaciones de tomate en la Comunidad Autónoma de Canarias, 25% sobre la prima comercial base neta del seguro.

- Seguro de explotaciones de producciones tropicales y subtropicales para cultivos de aguacate cuyos productores se encuentren asociados en una Organización de Productores, 60% sobre la prima comercial base neta del seguro.

- Seguro de explotaciones de producciones tropicales y subtropicales, para los cultivos de chirimoyo, chumbera, litchi, mango, papaya, palmera datilera y piña tropical, 45% de la prima comercial base neta del seguro.

- Resto de seguros agrícolas, 50% de la prima comercial base neta del seguro.

2. No obstante lo anterior, en ningún caso la suma total de las subvenciones concedidas por las Administraciones Públicas a la suscripción de la póliza podrá superar los siguientes porcentajes, establecidos como límites por la normativa comunitaria sobre Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C204/01), y por el Reglamento (UE) n.º 2022/2473 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, para los seguros acuícolas.

- Seguros agrícolas: 65% del recibo de prima.

- Seguros de Retirada y Destrucción de animales: 90% del recibo de prima.

- Resto de seguros ganaderos: 65% del recibo de prima.

- Seguros de Acuicultura marina: 50% del recibo de prima.

- Resto de seguros de acuicultura: 41% del recibo de prima.