Cabildo Insular de Tenerife
SUBVENCIONES PARA LA
“RENOVACIÓN DE LA IMAGEN DE LOS RÓTULOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS
INDUSTRIALES”
OBJETIVO:
sufragar los gastos
derivados de la instalación, renovación y/o sustitución de los rótulos y/o carteles y/o letreros
identificativos de los establecimientos industriales de autónomos, empresas y otras entidades
del ámbito industrial, así como el diseño de la imagen corporativa comercial de los
establecimientos industriales de autónomos, empresas y otras entidades del ámbito industrial,
en los términos que se fijarán en las presentes Bases Reguladoras, de modo que se
contribuya así a mejorar su visibilidad, promoviendo su propio desarrollo económico y el del
área industrial de la isla de Tenerife, a la vez que se facilita la orientación de sus clientes
actuales, potenciales y futuros.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
● Las personas físicas bajo la forma jurídica de “Empresario/a Individual”, que tributen
en el denominado “Régimen Especial de trabajadores Autónomos” (RETA).
● Las personas jurídicas denominadas Sociedades Anónimas, Sociedades de
Responsabilidad Limitada (SLNE, SL Unipersonal, SL, o SLL) y Sociedades
Civiles que tributen por el Impuesto sobre Sociedades, que reúnan los requisitos del
Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado (DOUE nº 187, de 26.6.14) para ser
definidas como Pyme o Microempresa.
● Las comunidades de bienes, sociedades civiles y otras entidades sin
personalidad jurídica propia que tributen por el Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas (IRPF), que reúnan los requisitos del Reglamento (UE) nº 651/2014,
de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas
categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los
artículos 107 y 108 del tratado (DOUE nº 187, de 26.6.14) para ser definidas como
Pyme o Microempresa.
● Grandes empresas de hasta 500 trabajadores por cuenta ajena.
FINANCIACIÓN:
El importe de la subvención será el 100% de los gastos subvencionables, con un máximo
de diez mil (10.000 €) euros, de los cuales:
● Un importe máximo de 6.500 € correspondientes a los gastos inherentes al diseño,
fabricación e instalación del cartel/rótulo/tótem.
● Un importe máximo de 1.500 € relativos a los gastos de honorarios profesionales y
tasas especificados en la Base 5ª (Gastos Subvencionables).
● Un importe máximo de 2.000 € relativo a los gastos de creación y/o diseño de la
marca/imagen corporativa.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
TRAMITACIÓN ONLINE
Hasta el 18 de octubre 2024