Fundación Biodiversidad
ORDEN TED/1014/2021, DE 20 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD, F.S.P., A GRANDES PROYECTOS TRANSFORMADORES DE ÍNDOLE CIENTÍFICO-TÉCNICA PARA LA PROMOCIÓN DE LA BIOECONOMÍA Y LA CONTRIBUCIÓN A LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021
OBJETIVO:
financiación de grandes proyectos transformadores de naturaleza científico-técnica que contribuyan a la promoción de la bioeconomía, la transición ecológica, al reto demográfico y al fortalecimiento de capacidades, fomentando la participación, la igualdad de género y la generación de empleo verde.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro. Cuando estas entidades realicen actividades económicas y no económicas, las ayudas sólo podrán ir dirigidas a estas últimas.
b) Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.
c) Universidades públicas y sus institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
d) Centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo de lucro de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
e) Centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D+i que en sus estatutos o en la normativa que los regule tengan la I+D+i como actividad principal.
f) Organizaciones y colegios profesionales.
g) Agrupaciones de personas jurídicas públicas o privadas, conformadas por las entidades reflejadas en los apartados anteriores que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las ayudas se concederán para la ejecución de grandes proyectos transformadores de naturaleza científico-técnica que contribuyan a la promoción de la bioeconomía, la transición ecológica, al reto demográfico y al fortalecimiento de capacidades, fomentando la participación, la igualdad de género y la generación de empleo verde. Estos proyectos incluirán acciones que contribuyan a conservar los ecosistemas, sus hábitats y especies, la reducción del uso de materias primas o el aumento del uso de subproductos y otras materias primas de modo eficiente y sostenible, así como a revertir la pérdida de biodiversidad, incluyendo la lucha contra el cambio climático, de forma que se refuerce el papel de la naturaleza como motor de desarrollo. Buscarán promover el desarrollo económico en el medio rural y costero, la diversificación de las actividades productivas, a través de la utilización del conocimiento disponible y su aplicación a la mejora de la sostenibilidad económica, social y ambiental de las actividades tradicionales y a la generación de otras nuevas basadas en la transformación de recursos de tipo biológico generados en ese entorno y en unos procesos que contribuyan a la mitigación del cambio climático.
2. Se podrá considerar, entre otras, la siguiente tipología de acciones (listado no exhaustivo y no excluyente):
1.º Desarrollo y diversificación de las actividades productivas, a través de la utilización del conocimiento disponible y su aplicación a la mejora de la sostenibilidad económica, social y ambiental, consolidación o generación de nuevas actividades basadas en la transformación de recursos de tipo biológico y fomento de actividades tradicionales. Incluye acciones como el fomento de la agricultura ecológica y de la ganadería extensiva y la conservación de pastos asociada; el fomento de la gestión sostenible de los bosques y el impulso de la bioeconomía forestal a través del desarrollo de capacidades que fomenten el ecodiseño, la innovación y la utilización de productos forestales sostenibles; así como los aprovechamientos y servicios ligados a los ecosistemas, que engloban desde actividades de recolección y aprovechamientos forestales no maderables (resineros, piñeros, corcheros o seteros) hasta turismo y ocio sostenibles.
2.º Mantenimiento de la integridad y resiliencia de los procesos naturales, los ecosistemas y las especies y los bienes y servicios ecosistémicos que proveen, como base de una bioeconomía sostenible. Puede incluir acciones como el fomento de la conservación y el uso sostenible de los recursos agrícolas y forestales, incluyendo la integración de elementos paisajísticos de gran diversidad en la superficie agraria y acciones para revertir la pérdida de polinizadores; la mejora y contribución al desarrollo de la infraestructura verde, la conectividad y la reducción de la fragmentación de los ecosistemas; actuaciones de restauración ecológica; o la promoción de la custodia del territorio.
3.º Iniciativas que impliquen la reducción del uso de materias primas o el uso de subproductos y otras materias primas de modo eficiente y sostenible; y actuaciones para el desarrollo de bioproductos y servicios que conlleven innovación y cooperación que favorezca y/o potencie la conservación de la biodiversidad.
4.º Acciones que faciliten la mitigación o adaptación al cambio climático, manteniendo la resiliencia de los ecosistemas y sus servicios, así como la reducción de otros impactos, riesgos y amenazas al medio, incluyendo acciones contra la proliferación de especies exóticas invasoras. Incluye la generación y mejora de herramientas de gestión, innovación y gobernanza.
5.º Generación de empleos verdes y desarrollo de capacidades, conocimientos, innovación y nuevos modelos empresariales sostenibles. Incluye actuaciones que contribuyan al establecimiento de modelos de negocio y cadenas de valor integrados en sectores de la bioeconomía, otras actuaciones de fomento de las economías locales que contribuyan a la lucha contra el despoblamiento de zonas rurales y al desarrollo alternativo de las comarcas basadas en sectores económicos en regresión; acciones para contribuir a una mejor contabilidad y valoración del capital natural; y desarrollo y promoción de soluciones basadas en la naturaleza, incluyendo actividades de I+D+i.
6.º Bioeconomía azul para mejorar la comprensión de la aplicabilidad de las materias primas acuáticas en los procesos de creación de valor añadido, investigar sistemas de producción de alimentos de origen acuático resistentes al cambio climático o fomentar las innovaciones tecnológicas y los servicios destinados a la bioeconomía azul, entre otras.
3. El ámbito de actuación de la actividad objeto de las ayudas comprenderá todo el territorio nacional
4. Las acciones no deberán implicar beneficio mercantil comercial directo para los beneficiarios.
El proyecto deberá dar comienzo a partir de la resolución de la convocatoria y no podrá finalizar más tarde del 31 de diciembre de 2025, prórrogas incluidas
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Como regla general, el Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia solo financiará gastos no recurrentes que supongan un cambio estructural y tengan un impacto duradero sobre la resiliencia económica y social, la sostenibilidad, la competitividad a largo plazo y el empleo.
La financiación podrá aplicarse a:
costes de personal
costes de viajes y manutención
costes de asistencias externas
costes de material inventariable
costes de material fungible
Serán considerados como costes indirectos aquellos que, no estando directamente vinculados con el objeto de la ayuda, sean necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad beneficiaria. Estos se justificarán mediante tanto alzado sobre los gastos directos, hasta un máximo de 4%. La justificación de estos gastos consistirá en una certificación firmada por el representante legal o persona que cuente con los poderes de representación para ello.
Serán considerados como costes indirectos los gastos relativos al suministro de agua, electricidad, seguridad, gestoría, calefacción y limpieza, correo, telefonía e internet, material y suministros de oficina y gastos de alquiler de locales o sede social de la entidad, así como otras contrataciones o servicios que, no estando directamente vinculados con el objeto de la ayuda, sean necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad beneficiaria.
También podrá ser financiable el gasto derivado de la revisión de cuenta justificativa por el auditor, en caso de que lo haya, hasta un límite de un 5% de la ayuda concedida.
En caso de que sea necesario, por las características de la actividad objeto de la ayuda, la entidad beneficiaria podrá realizar subcontrataciones siempre que el porcentaje subcontratado no exceda del 50% del importe total del proyecto.
FINANCIACIÓN:
La cuantía de las ayudas se determinará de la siguiente forma: la puntuación total de los proyectos obtenida tras su evaluación determinará el orden de prelación de las solicitudes. De acuerdo a este orden, de forma descendente, se irá otorgando el importe solicitado por cada proyecto hasta agotar el importe total de la convocatoria. El comité de evaluación podrá solicitar la modificación de alguna de las acciones incluidas en la propuesta, lo que podría reducir el importe a conceder.
Las actividades presentadas para la obtención de ayudas requerirán cofinanciación por parte del beneficiario. El porcentaje de financiación comprometido por el solicitante en la fase de solicitud se mantendrá en la resolución y liquidación de la ayuda concedida.
El importe mínimo de ayuda a solicitar por propuesta presentada será de 250.000,00 €.
El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 2.000.000,00 €.
El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 95% del total del presupuesto del proyecto presentado.
Las entidades beneficiarias podrán solicitar un anticipo de la ayuda cuyo porcentaje será de hasta un máximo del 60%.