Comisión Europea
CONVOCATORIA DE PROPUESTAS EASI 2017 - CONVOCATORIA DE PROPUESTAS EN EL ÁMBITO DEL TRABAJO NO DECLARADO. VP/2017/005
OBJETIVO:
El objetivo principal de la presente convocatoria de propuestas es complementar y aportar valor a las actividades indicadas en el programa de trabajo de la Plataforma Europea de lucha contra el trabajo no declarado. Otros objetivos son desarrollar y financiar iniciativas que contribuyan a mejorar la implementación, aplicación el conocimiento y una mejor cumplimiento de la legislación comunitaria y nacional en el ámbito del trabajo no declarado, contribuyendo así a la reducción del trabajo no declarado y a la aparición de empleos formales. El conocimiento adquirido con estos proyectos también debe ayudar a construir conocimiento basado en la evidencia para un mejor diseño de políticas.
La prioridad es cofinanciar acciones que fomenten actividades conjuntas y proyectos transfronterizos de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley que mejoren su capacidad técnica en el ámbito de la prevención y la disuasión del trabajo no declarado.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Las entidades jurídicas debidamente establecidas y registradas en los siguientes países son elegibles como solicitantes principales y co-solicitantes: • Estados miembros de la UE; • Islandia y Noruega de conformidad con el Acuerdo EEE; • Albania, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Montenegro, Serbia y Turquía
B) Tipo de entidades Para ser elegibles, los solicitantes (solicitantes únicos / principales, co-solicitantes) deben:
• Entre en una de las siguientes categorías:
* Autoridades públicas encargadas de hacer cumplir la ley, como las inspecciones del trabajo, los servicios de inspección de la seguridad social, las autoridades fiscales, las autoridades aduaneras, los organismos de migración, los ministerios encargados de combatir el trabajo no declarado, la policía y la fiscalía.
* Las organizaciones de interlocutores sociales a nivel europeo13, nacional o regional (en derogación del punto 6.1a), en aplicación del artículo 131 del Reglamento financiero, son también elegibles las organizaciones de interlocutores sociales sin personalidad jurídica, siempre que se cumplan las condiciones del Reglamento financiero correspondiente. Met14). Las organizaciones de interlocutores sociales pueden ser solas o solicitantes principales si tienen derecho legalmente por ley o acuerdos institucionales a llevar a cabo tareas de cumplimiento15. Otros tipos de organizaciones de interlocutores sociales pueden ser co-solicitantes.
• Ser organizaciones sin fines de lucro (privadas o públicas);
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Los tipos de actividades que pueden financiarse con arreglo a la presente convocatoria de propuestas deben abordar al menos uno de los ámbitos de acción que se indican a continuación:
Cursos de formación comunes para el personal que participa en las actividades de aplicación.
Inspecciones conjuntas e intercambio de personal de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley.
Prestación de asistencia técnica a otros organismos de observancia de la UE / EEE para contribuir a la creación de capacidad, la aplicación de buenas prácticas, etc.
Sistemas de intercambio de información: desarrollo de sistemas transfronterizos de intercambio de información con el fin de facilitar la cooperación administrativa entre los organismos de ejecución.
Trabajo colaborativo en forma de intercambio de información y aprendizaje mutuo entre autoridades.
Campañas conjuntas de sensibilización / campañas sectoriales específicas / campañas transfronterizas regionales.
La duración del proyecto debe ser indicativa entre doce (12) meses y
Dieciocho (18) meses.
Para ser elegible, las acciones deben llevarse a cabo en los Estados miembros de la UE y otros países participantes en el EaSI (véase el punto 6.1a) y demostrar que abarcarán al menos 3 Estados miembros de la UE, p. Cobertura a través de un estudio, alcance para actividades de comunicación, etc.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Gastos de personal
Viajes, alojamiento y dietas
Costos de los servicios
Los costes indirectos son los costes administrativos generales - los gastos generales incurridos en relación con los costes directos elegibles de la acción. Se limitan a un tipo fijo del 7% del total de los costes directos elegibles para la acción.
FINANCIACIÓN:
El presupuesto total destinado a la cofinanciación de proyectos de la UE en el marco de la presente convocatoria se estima en 1.000.000,00 EUR.
A título ilustrativo, se estima que la financiación de la Unión por proyecto no será inferior a 400.000 euros. Por lo tanto, la Comisión espera conceder 2 - 3 subvenciones.
80% de los gastos subvencionables