Omitir los comandos de cinta Saltar al contenido principal

GESTIÓN SOSTENIBLE DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES

InformaciónTramitaciónNormativa

Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes


ORDEN DE 29 DE DICIEMBRE DE 2021, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2021, SUBVENCIONES DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN Y GESTIÓN SOSTENIBLE DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES Y SE APRUEBAN LAS BASES QUE HAN DE REGIR LAS MISMAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

OBJETIVO:


“Modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales, así como el fomento de circuitos de difusión interterritorial” que recoge reformas e inversiones orientadas a favorecer la cadena de valor de las industrias culturales mediante el refuerzo de sus capacidades y resilencia, promoviendo tres ejes estratégicos: la competitividad, la dinamización y cohesión del territorio, y la digitalización y sostenibilidad de los grandes servicios culturales. Las ayudas a conceder en el marco de esta convocatoria tienen por objeto la financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización y gestión sostenible de infraestructuras donde se desarrolle actividad profesional de artes escénicas o música, para 2021

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades públicas y privadas, asociaciones sin ánimo de lucro o fundaciones de carácter privado o público dependientes de entidades locales de Canarias o de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, titulares de las infraestructuras de artes escénicas y musicales en las que se pretenda llevar a cabo la inversión. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario la propia Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, pero sí las fundaciones u organismos públicos dependientes de la misma con personalidad jurídica propia.

2.- También podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades públicas y privadas recogidas en el punto anterior, gestoras de las infraestructuras, si han sido autorizadas por sus titulares propietarios para la realización de las inversiones en las mismas. El ente gestor será responsable de la solicitud de la subvención y de la ejecución de la inversión y su justificación. Las obligaciones de uso o destino de la infraestructura serán asumidas por el beneficiario y subsidiariamente por el titular propietario de la misma, de acuerdo con lo dispuesto en estas bases.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Los proyectos a subvencionar deberán contemplar inversiones destinadas a uno o más de los siguientes ejes o finalidades:

a) Transformación medioambiental.

b) Transformación digital.

c) Mejora de la gestión.

En la presente convocatoria, solo se admitirán solicitudes que incluyan proyectos de inversión cuyo presupuesto aceptado sea igual o superior a los 30.000,00 euros, IGIC excluido.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Las infraestructuras objeto de los proyectos de inversión deberán:

a) Estar identificadas con precisión respecto a su ubicación, denominación y características dentro de una o más de las siguientes tipologías:

a.1.- Salas de exhibición de artes en vivo: teatros, auditorios, carpas de circo y salas de música.

a.2.- Salas o espacios de ensayo y producción escénica: teatro, danza, circo y multidisciplinares. Salas de ensayo y/o de producción musical en vivo.

b) Acreditar uso profesional en alguna de las categorías citadas en el apartado a), superior al 50% de la actividad anual. A estos efectos se tomará como referencia el año 2019. En el caso de infraestructuras con inicio de actividad posterior, podrán aportase datos de los años 2020 o 2021.

3.- Quedan excluidos de esta convocatoria los espacios dedicados predominantemente a otras actividades y en todo caso aquellos sobre los que no se pueda acreditar el requisito de uso citado en el apartado 2.b).

4.- Las actuaciones a desarrollar en la infraestructura objeto del proyecto deberán estar dirigidas a la adquisición y/o renovación de uno o más de los siguientes bloques de sistemas y herramientas digitales:

a) Audio y comunicaciones en red.

b) Iluminación digital.

c) Vídeo digital.

d) Gestión digital de maquinaria escénica.

e) Herramientas y sistemas digitales de gestión artística y de producción de espectáculos en los recintos escénicos y musicales.

FINANCIACIÓN:


La subvención máxima a otorgar a un proyecto no sobrepasará en ningún caso la cantidad de 225.000 euros. La ayuda solicitada no podrá sobrepasar el 80% del presupuesto total de gastos. Por tanto, al menos el 20% del proyecto debe financiarse con fondos propios o mediante otras aportaciones públicas o privadas distintas de las propias de la UE.