Comisión Europea
CONVOCATORIA DE COSME 2017 - REDES DE INCUBADORAS EUROPEAS PARA LA INNOVACIÓN BASADA EN LA CREATIVIDAD
OBJETIVO:
El objetivo principal de la acción es apoyar la creación, desarrollo y escalado de empresas de los sectores de la moda y el turismo a través de incubadoras que integran las competencias creativas, artísticas y de diseño de las CCI (Industrias Culturales y Creativas) con tecnología, ciencia y otras experiencias relevantes.
Objetivos específicos de la acción:
Facilitar y reforzar la colaboración intersectorial entre incubadoras, aceleradoras y laboratorios, así como otros agentes pertinentes de los países de la UE y de los países participantes en COSME, teniendo en cuenta las cadenas de valor pertinentes;
Apoyar a una serie de empresas innovadoras y PYME durante un período necesario para que crezcan y amplíen sus actividades empresariales
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Los solicitantes elegibles deben ser total o parcialmente organismos públicos o privados; Los organismos privados deben estar debidamente constituidos y registrados de conformidad con la legislación nacional.
Los solicitantes deben ser entidades jurídicas que formen un consorcio (una red) de incubadoras de empresas, aceleradores y organizaciones de apoyo a las empresas que proporcionen apoyo empresarial a las PYME ya las empresas en fase de creación.
Esta es una lista no exhaustiva de tipos de entidades que pueden aplicarse:
- organizaciones sin ánimo de lucro (privadas o públicas);
- incubadoras de empresas, aceleradores, laboratorios, universidades o instituciones educativas, centros de investigación y otras organizaciones de apoyo a las empresas que prestan apoyo a las PYME y las nuevas empresas).
- autoridades públicas (nacionales, regionales, locales);
-Entidades con fines lucrativos
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las propuestas deben ser presentadas por consorcios que formen red (es) transnacional (es) de incubadoras de empresas,
Aceleradores y organizaciones de apoyo a las empresas que prestan apoyo a las PYME y las empresas
Duración de los proyectos de 24 a 36 meses
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Costes directos elegibles
Gastos de personal
B. Costos directos de la subcontratación
C. Los costes directos de la prestación de apoyo financiero a terceros no son subvencionables.
D Otros costos directos
D.1 Gastos de viaje y dietas correspondientes
D.2 Los costos de depreciación de equipo, infraestructura u otros activos
D.3 Costos de otros bienes y servicios
E. Costes indirectos subvencionables (gastos generales)
Los costos indirectos son costos que no están directamente relacionados con la implementación de la acción y por lo tanto no pueden atribuirse directamente a ella.
Los costes indirectos son subvencionables si se declaran sobre la base del tipo fijo del 7% de los costes directos subvencionables
FINANCIACIÓN:
La subvención se limita a una tasa máxima de reembolso del 75% de los costes subvencionables
Se aprobarán dos proyectos: las cuantías máximas de ayuda serán:1.000.000€ y 1.600.000€
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
19 octubre 2017 17:00:00 hora Bruselas