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CERTIFÍCATE 2023-2024

InformaciónTramitaciónNormativa

Servicio Canario de Empleo


EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 1 DE AGOSTO DE 2023, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARGO AL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL DE DESEMPLEADOS CON CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD “CERTIFÍCATE”, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2023-2024.

OBJETIVO:


favorecer la contratación laboral, la lucha contra el desempleo y la inserción socio-laboral de los desempleados que hayan obtenido previamente el reconocimiento de un Certificado de Profesionalidad, conforme la legislación aplicable, al mismo tiempo que contribuirá a aumentar la productividad y la competitividad de las entidades contratantes.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Podrán ser entidades beneficiarias de la subvención regulada en estas bases cualquier entidad, ya sea persona física o jurídica, con capital íntegramente privado, acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales de la tipología prevista en las presentes bases, o presenten en el momento de la Solicitud, un compromiso de contratación con arreglo a lo previsto en las mismas.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes exigidos en las Bases Reguladoras, se suscriban entre el mes de abril de 2023, al mes de marzo de 2024, ambos inclusive

FINANCIACIÓN:


1.1 Por contratos indefinidos: 7.000,00 euros por contrato.

1.2 Por contratos eventuales por circunstancias de la producción, y por los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional:

a) 3.000 euros por contratos con una duracion igual o superior a 6 meses (mínima exigible), e inferior a 12 meses.

b) 4.000 euros por contratos con una duración de 12 meses

En el supuesto de contratos a tiempo parcial, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso, no podrá ser inferior al 50% de la considerada habitual en el sector.

3. Una vez calculado el importe de subvención correspondiente, de conformidad con los puntos anteriores, se percibirán 1.000,00 euros adicionales, en el caso de contratos indefinidos que se concierten con alguno de los siguientes colectivos:

a) Mujeres

b) Mayores de 45 años en el momento de la contratación

c) Jóvenes menores de 30 años en el momento de la contratación