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“PROGRAMA DE PRIMERA EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS” DE CANARIAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN

InformaciónTramitaciónNormativa

Servicio Canario de Empleo


EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 6 DE NOVIEMBRE DE 2022, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA ABIERTA EN CONCURRENCIA NO COMPETITIVA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PÚBLICAS, DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DEL “PROGRAMA DE PRIMERA EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS” DE CANARIAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA -FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA- NEXT GENERATION EU.

OBJETIVO:


El objetivo de este Programa, del que se beneficiarán personas jóvenes desempleadas cuya etapa formativa se haya completado y acreditado en lo que a conocimientos se refiere, consiste en que estas personas adquieran, en el seno de los servicios prestados por las administraciones públicas, las primeras experiencias en el empleo, así como competencias y habilidades sociales y profesionales.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Podrán ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades, que contraten a personas jóvenes trabajadoras desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años:

a) Los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos vinculados o dependientes.

b) Las demás entidades del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Canarias.

c) Las corporaciones locales canarias y/o entidades dependientes o vinculadas a las mismas.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Solo se podrá solicitar una subvención por entidad, que no podrá exceder de 500.000 euros.

contratación de personas jóvenes inscritas como demandantes de empleo desempleadas, en el Servicio Canario de Empleo (a partir de ahora SCE), mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato formativo para la obtención de la práctica profesional.

Los proyectos que se aprueben al amparo de esta convocatoria deben contemplar tres líneas de actuación, que se distribuirán en el siguiente porcentaje de contrataciones (a la hora de calcular los porcentajes de contratación correspondientes de las líneas de actuación, en los casos que el porcentaje a aplicar no dé un número entero, este se redondeará al inmediato inferior):

a) Un 20 por ciento mínimo de las contrataciones irán dirigidas a la realización de actividades relacionadas con el empleo verde, que contribuyan a preservar y restaurar el medio ambiente. Entre otros: la agricultura, ganadería y pesca dirigida a la restauración de los ecosistemas y a implantar modelos de explotación animal más ecológicos y sostenibles; las actividades dedicadas a aumentar la eficiencia del consumo de energía y materias primas; limitar las emisiones de gases de efecto invernadero; minimizar los residuos y contaminación; proteger y restaurar los ecosistemas, los procesos dirigidos a producir bienes y servicios que beneficien al medio ambiente, etcétera. Correspondiéndose al Etiquetado Verde: 01-Contribución a las competencias y empleos verdes.

b) Un 20 por ciento mínimo de las contrataciones irán dirigidas a la realización de actividades relacionadas con las competencias digitales, conforme al Marco Europeo de competencias digitales establecido por la Comisión Europea (DIGCOMP). Correspondiéndose al Etiquetado Digital:108 Apoyo al desarrollo de las capacidades digitales.

c) Un máximo del 60 por ciento de las contrataciones dirigidas al resto de actividades en general, que sean competencia de la entidad contratante.

Estarán exceptuadas del cumplimiento de dichos porcentajes de contratación aquellas entidades cuya actividad económica esté dedicada en exclusiva, o en su mayoría, a economías verdes o digitales, en cuyo caso al menos el 80% de las contrataciones irán dirigidas a la actividad principal de la entidad.

En el caso de que se soliciten 5 o menos contrataciones, los porcentajes anteriores se incrementarán de manera que se garantice que, como mínimo, una persona participa en las líneas a) o b). En el caso de que se solicite una sola contratación, se tendrá que elegir entre la línea a) o la b).

La duración de los contratos será, como mínimo de 10 meses y máxima de 12 meses. La jornada de trabajo será a tiempo completo.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


1. Las subvenciones a otorgar para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales de las personas jóvenes trabajadoras que, reuniendo los requisitos fijados en esta convocatoria, sean contratadas para la adquisición de experiencia profesional en el seno de los servicios prestados por las administraciones públicas (correspondiéndose con el etiquetado 099- Ayuda específica para el empleo juvenil y la integración socioeconómica de los jóvenes).

Los costes laborales incluirán tanto los costes salariales como los costes en Equipos de

Protección Individual (EPI), tal y como se detalla a continuación:

a) Costes salariales, incluyendo los costes de seguros sociales. De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.3.i) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, la retribución por el tiempo de trabajo efectivo será la fijada en el convenio colectivo aplicable en la empresa para estos contratos o en su defecto la del grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas. En ningún caso la retribución podrá ser inferior a la retribución mínima establecida para el contrato para la formación en alternancia ni al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

b) Costes de Equipos de Protección Individual (EPI) hasta un máximo de 369,07 euros anuales para las personas contratadas en los grupos de cotización 9 a 5 y de 553,60 euros anuales para las personas contratadas de los grupos de cotización 4 a 1.

c) Ayudas al desplazamiento, por importe de 1.000 euros a tanto alzado por persona contratada, cuando estas tengan domicilio en provincia o isla diferente de donde van a desempeñar su puesto de trabajo, que serán de aplicación a un máximo del 25 por ciento de las personas contratadas, hasta agotar el crédito disponible a tal fin.

2. La concesión de las subvenciones, así como su justificación, se realizará a través del régimen de módulos

FINANCIACIÓN:


Las bases establecen los siguientes módulos, configurados como coste unitario por persona contratada participante en este programa para compensar los costes laborales a) y b) indicados en el punto 1 de este resuelvo:

Modulo A: El módulo ascenderá a 1.783,83 euros por persona contratada en los grupos de cotización de la Seguridad Social 9 al 5, ambos inclusive, y mes de contratación (21.405,94 euros por año de contratación).

Módulo B: El módulo ascenderá a 2.675,74 euros por persona contratada en los grupos de cotización de la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive, y mes de contratación (32.108,92 euros por año de contratación)