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TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y MODERNIZACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES DE LAS ENTIDADES LOCALES

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio de Política Territorial


ORDEN TER/887/2022, DE 12 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE A 2022, DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y MODERNIZACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES DE LAS ENTIDADES LOCALES, QUE NO HAYAN PRESENTADO PROYECTOS POR EL IMPORTE MÁXIMO ASIGNADO MEDIANTE ORDEN TER/1204/2021, DE 3 DE NOVIEMBRE, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.

OBJETIVO:


Subvenciones dirigidas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales, destinada a los municipios de más de 50.000 habitantes, así como los de población inferior que tengan la consideración de capital de provincia que no hayan presentado proyectos por el importe máximo asignado mediante la Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021, de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las Administraciones de las Entidades Locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. en los términos previstos en la misma.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Podrán tener la consideración de entidades beneficiarias y, por tanto, ejecutoras, de las ayudas los ayuntamientos de los municipios con población superior a 50.000 habitantes, de acuerdo con las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020, así como los de población inferior que tengan la consideración de capital de provincia, que no hayan presentado proyectos por el importe máximo asignado mediante la Orden TER/1204/2021, de 3 de noviembre, en los términos previstos en la misma.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Las actuaciones subvencionables tendrán como objetivos de carácter general:

a) Mejora de la accesibilidad de los servicios públicos digitales a los ciudadanos y empresas.

b) Reducción de la brecha digital.

c) Mejora de la eficiencia y eficacia de los empleados públicos.

d) Reutilización de los servicios y soluciones digitales construidas.

e) Utilización activa de las tecnologías emergentes en el despliegue de nuevos servicios digitales (chatbots, automatización y robotización, plataformas, etc.).

Las líneas estratégicas son las siguientes:

a) Línea estratégica 1. Administración orientada al ciudadano.

1.º Objetivo: mejorar los servicios públicos que se prestan a los ciudadanos y empresas, favoreciendo la usabilidad, utilidad, calidad, accesibilidad, movilidad de los servicios públicos digitales y la modernización de los procesos.

2.º Actuaciones subvencionables:

i. Desarrollo de apps para los servicios más utilizados.

Desarrollo o adopción de los servicios públicos digitales más demandados por ciudadanos y empresas, a través del móvil, con especial énfasis en la usabilidad, accesibilidad y personalización de contenidos.

ii. Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la atención a la ciudadanía y empresas.

Desarrollo o adopción de asistentes virtuales para la mejora de la atención al ciudadano, dirigidos en particular a la orientación y tutela de ciudadanos y empresas en los casos de uso de mayor impacto.

Se prevé que, de acuerdo con los ámbitos definidos en el Objetivo 168 y en el Hito 169, a través de estas actuaciones se contribuya directamente a la consecución de la transformación digital en términos de proactividad, movilidad y experiencia del usuario.

b) Línea estratégica 2. Operaciones inteligentes.

1.º Objetivo: mejorar la calidad, cantidad y eficiencia de los servicios y procesos de gestión y tramitación de las administraciones públicas, a través de la utilización de tecnologías de automatización inteligente (Robotización de procesos, Inteligencia artificial, etc.).

2.º Actuación subvencionable:

Automatización de servicios.

Automatización inteligente de los procesos de prestación de los servicios más utilizados por ciudadanos y empresas, empleando tecnologías basadas en inteligencia artificial, gestión inteligente de procesos, robotización de procesos o similares, para obtener una reducción de tiempos de tramitación y una mejora del servicio.

En este sentido, y de acuerdo con los ámbitos definidos en el Objetivo 168 y en el Hito 169, esta línea contribuirá a la consecución de la transformación digital en términos de automatización y administración pública centrada en los datos.

c) Línea estratégica 3. Gobierno del dato.

1.º Objetivo: democratizar el acceso a los datos por parte de ciudadanos, empresas y empleados y empleadas públicos, permitiendo el libre acceso a la información y su replicabilidad, así como el uso de los datos para el desarrollo de servicios digitales de alto valor añadido orientados al ciudadano.

2.º Actuación subvencionable:

Plataforma de datos integrada.

Desarrollo de una plataforma del dato integrable, bajo la perspectiva de la federación de datos, con el Data lake de la Administración General del Estado, que permita habilitar proyectos interoperables entre la Administración General del Estado y otras administraciones públicas.

De acuerdo con los ámbitos definidos en el Objetivo 168 y en el Hito 169, esta línea contribuirá a la consecución de la transformación digital en términos de automatización y administración pública centrada en los datos.

d) Línea estratégica 4. Infraestructuras digitales.

1.º Objetivo: dotar a las administraciones locales de las infraestructuras tecnológicas necesarias para su modernización, con el fin de asegurar la disponibilidad en cualquier circunstancia y de adaptar la capacidad disponible a las necesidades existentes en cada momento, contribuyendo a desarrollar la conectividad digital, la economía del dato y la inteligencia artificial en las administraciones.

2.º Actuaciones subvencionables:

i. Cloud y Centros de proceso de datos (CPD) sostenibles.

Adopción de soluciones cloud e infraestructuras sostenibles, contemplando migración de infraestructuras heredadas a nuevas soluciones que aporten mayor eficacia y eficiencia a través de la automatización de los procesos de gestión y provisión.

ii. Implantación de puestos de trabajo inteligentes.

Provisión de puestos de trabajo de nueva generación con movilidad y herramientas colaborativas que maximicen la productividad de los empleados públicos y habiliten su trabajo no presencial.

Asimismo, y de acuerdo con los ámbitos definidos en el Objetivo 168 y en el Hito 169, esta línea contribuirá a la consecución de la transformación digital en términos de infraestructuras físicas, lógicas y software.

e) Línea estratégica 5. Ciberseguridad.

1.º Objetivo: garantizar la seguridad de las infraestructuras, comunicaciones y servicios digitales prestados por las administraciones públicas y mejorar sus capacidades de prevención, detección y respuesta ante incidentes de ciberseguridad.

2.º Actuación subvencionable:

Refuerzo de la ciberseguridad.

Desarrollo de un proyecto que refuerce la ciberseguridad de las distintas administraciones y de los servicios provistos a ciudadanos y empresas, buscando reforzar el cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad.

De acuerdo con los ámbitos definidos en el Objetivo 168 y en el Hito 169, esta línea contribuirá a la consecución de la transformación digital en términos de ciberseguridad.

El período de ejecución del proyecto se determinará en la resolución de concesión y, en todo caso, estará comprendido entre el 1 de febrero de 2020 y el 31 de agosto de 2023.

El proyecto tendrá carácter integrado, de modo que agrupará todas las actuaciones subvencionables que pretenda desarrollar la entidad local en la línea estratégica a la que esté vinculado. El proyecto tendrá unos gastos subvencionables de al menos 40.000 euros.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Serán gastos subvencionables los gastos de inversión destinados a la creación o adquisición de bienes de capital, así como los destinados a la adquisición de bienes de naturaleza inventariable necesarios para el funcionamiento operativo de los servicios y aquellos otros gastos de naturaleza inmaterial que tengan carácter amortizable, siempre que respondan a la naturaleza de los fines subvencionados.