AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE LA SUBVENCIÓN DESTINADA AL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE CULTURA.
OBJETIVO:
El objetivo prioritario de estas subvenciones es facilitar a los beneficiarios la realización de sus
propuestas, financiando la producción, difusión, diseño o creación de actividades y eventos culturales que
se consideren de particular interés, contribuyan a la consecución del equilibrio en la oferta cultural del
municipio de Santa Cruz de Tenerife.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Empresas privadas, trabajadores autónomos y empresarios individuales que realicen actividades de
carácter cultural.
• Particulares, Fundaciones y Asociaciones Culturales, dotadas de personalidad jurídica propia, sin
ánimo de lucro, que realicen actividades de carácter cultural.
Quedan expresamente excluidas de la presente convocatoria las siguientes Fundaciones y asociaciones:
Deportivas, Educativas, Juveniles, de Alumnos, de Padres y Madres de Alumnos, Formativas y Docentes,
de las Bandas de Música, de las Asociaciones folclóricas, de los Centros y Asociaciones de Iniciativas
Turísticas, Las asociaciones de Vecinos, y todas aquellas Fundaciones y Asociaciones que no incluyan en
sus estatutos de manera expresa actividades relacionadas con la cultura. Asimismo quedan expresamente
excluidos aquellos posibles beneficiarios de la subvención que habiendo transcurrido los plazos
legalmente otorgados, tengan pendiente justificar pagos de subvenciones concedidas con anterioridad por
este Excmo. Ayuntamiento, a la fecha de cierre de la presente convocatoria.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Cada solicitante podrá presentar una única solicitud referida a un único proyecto, en esta convocatoria y
por tanto sólo podrá recibir una ayuda.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Serán subvencionables los gastos realizados por el/la beneficiario/a que se encuentren directa y
objetivamente relacionados con el objeto de la ayuda, en las condiciones establecidas en la Ordenanza
General de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
FINANCIACIÓN:
La determinación de la cuantía objeto de las subvenciones, tendrá lugar, según se establece en el Plan
Estratégico de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, conforme a lo
siguiente:
1) Apoyo a eventos Culturales (festivales, ciclos, exposiciones)…………..55.000 euros.
Para determinar los beneficiarios de la subvención conforme a esta especialidad se tendrán en cuenta los
criterios de valoración anteriormente referidos, y se distribuirá su importe de la siguiente forma:
1. ..........................................................16.000 euros
2. ..........................................................15.000 euros
3. .............................................................6.000 euros
4. .............................................................6.000 euros
5. .............................................................6.000 euros
6. .............................................................6.000 euros
Nota: De forma que el importe establecido como número uno corresponde al beneficiario que haya
obtenido la puntuación máxima.
2) Apoyo a centros artísticos y culturales y artes escénicas
(Programación cultural escénica/ espacios físicos escénicos)…………………21.000 euros
Para determinar los beneficiarios de la subvención conforme a esta especialidad se tendrán en cuenta los
criterios de valoración anteriormente referidos, y se distribuirá su importe de la siguiente forma
Según los criterios establecidos en cada de las categorías se establecerán las siguientes cantidades por
proyecto
1.-.....................................................8.000 euros
2.-.....................................................7.000 euros
3.......................................................6.000 euros
Nota: De forma que número uno corresponde al beneficiario que haya obtenido la puntuación máxima.
3) Apoyo a entidades culturales (empresas fundaciones y asociaciones)…8.000 euros
Para determinar los beneficiarios de la subvención conforme a esta especialidad se tendrán en cuenta los
criterios de valoración anteriormente referidos, y se distribuirá su importe de la siguiente forma: 2 beneficiarios, cada uno recibirá una subvención de 4.000,00 €.