Cabildo Insular de Tenerife
CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES DESTINADAS A AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA
OBJETIVO:
realización de proyectos que tengan por objeto
recuperar la memoria histórica, es decir, recuperar,
conocer la verdad y reconocer los hechos acontecidos
en la isla de Tenerife, de acuerdo con las finalidades
perseguidas y objetos establecidos por la Ley 52/2007,
de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían
derechos y se establecen medidas en favor de quienes
padecieron persecución o violencia durante la guerra
civil y la dictadura, y la Ley 5/2018, de 14 de diciembre,
de memoria histórica de Canarias y de reconocimiento
y reparación moral de las víctimas canarias de la
guerra civil y la dictadura franquista.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
s
Ayuntamientos de la isla de Tenerife,
de manera individual o sus entidades públicas
dependientes, quedando excluidas expresamente las
empresas públicas y otros entes y asociaciones
municipales.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
a) Investigaciones e iniciativas para conocer y
documentar, si es posible, la verdad.
b) Iniciativas de reconocimiento y conmemoración
de hechos y personas, esto incluye, la puesta en valor
de los lugares de la memoria mediante la instalación
de elementos testimoniales en reconocimiento de
edificios, lugares y espacios geográficos vinculados
a la memoria histórica, por haber ocurrido en ellos
algún tipo de actuación o acontecimiento en el período
comprendido entre el estallido de la guerra civil y el
fin de la dictadura.
c) Publicaciones y producciones audiovisuales.
d) Programas dirigidos a la juventud, sean educativos,
de formación o de transmisión de la memoria histórica.
e) Campañas de sensibilización y difusión.
f) La retirada de los símbolos a los que hace
referencia el artículo 15 de la Ley 52/2007, de 26 de
diciembre, así como la sustitución del nomenclátor
de aquellas calles que incumplan lo establecido en los
citados preceptos.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a) Tendrán la consideración de actividad subvencionable
los trabajos técnicos de redacción de los documentos
precisos conforme al objeto de la subvención y la
normativa relativa a Memoria Histórica, para conformar
la solicitud, el proyecto a realizar o la memoria
justificativa del mismo.
b) Adquisición o alquiler de material inventariable
y bibliográfico necesarios para la realización del
proyecto.
c) Adquisición de material fungible (papelería,
consumibles, gastos de documentación...), que tenga
una duración previsiblemente inferior a un año, y no
sea inventariable.
d) Prestación de servicios profesionales ligados a
la realización del proyecto (entendiendo por tales, los
requeridos por el proyecto para la realización de
cursos, talleres, asistencias técnicas u otras necesidades
del proyecto, y que no impliquen relación laboral) u
otros relacionados directamente con la actividad
subvencionada.
e) Gastos de publicidad y propaganda del proyecto
(máximo 10% del importe concedido, salvo que el
proyecto subvencionado tenga por objeto la edición
de publicaciones o materiales divulgativos o consista
en una campaña de sensibilización o de difusión, en
cuyo caso no aplicará el límite señalado).
f) Ejecución de obras o contratos de suministro
que tengan por objeto contribuir a recuperar la memoria
histórica, conocer la verdad y reconocer los hechos
acontecidos en la isla de Tenerife, de acuerdo con las
finalidades perseguidas por la Ley 52/2007, de 26 de
diciembre.
g) Actuaciones conmemorativas o de homenaje de
personas nacidas en la Isla de Tenerife y/o de
acontecimientos relacionados con la represión, la
resistencia y la construcción de la sociedad democrática
ocurridos en Tenerife.
h) Actuaciones de conservación y recuperación del
patrimonio democrático, material e inmaterial:
actividades destinadas a la creación de datos biográficos
de testimonios, especialmente en soporte audiovisual,
como a la localización y censo de lugares, monumentos,
vestigios, nombres u otros documentos en la Isla de
Tenerife.
i) Actuaciones de investigación dirigidas a la
reconstrucción de hechos y procesos relacionados
con la memoria democrática ocurridos en la Isla de
Tenerife.
FINANCIACIÓN:
El límite máximo de cuantía para las subvenciones
es de 10.000 euros por actuación.