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SUBVENCIONES PARA GASTOS INVENTARIABLES ASOCIACIONES DE PERSONAS

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife

BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA GASTOS INVENTARIABLES DESTINADAS A LAS ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES, CON ÁMBITO DE ACTUACIÓN EN LA ISLA DE TENERIFE DURANTE EL EJERCICIO 2015

OBJETIVO:

subvenciones para gastos inventariables de asociaciones de personas mayores de la isla durante el ejercicio de 2015

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que regulan las presentes Bases las asociaciones de mayores, legalmente constituidas, con domicilio social o sede permanente en la isla de Tenerife, inscritas en el Registro de Asociaciones de Canarias,como asociación de mayores, y que cuenten con local en el que desarrollen sus actividades

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

proyectos de inversión

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Gastos derivados de la adquisición de equipamiento y/ o mobiliario para mejorar la dotación del espacio en los que se desarrolle la actividad de la asociación.

Gastos derivados de la ejecución de obras de reforma y adaptación en los inmuebles que sean propiedad de la asociación y se destinen al desarrollo de actividades objeto de la subvención

FINANCIACIÓN:

Las subvenciones que se regulan en las presentes bases son COMPATIBLES con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que la Asociación reciba para la misma finalidad, siempre que la suma de todas las subvenciones recibidas no supere el coste máximo para la actividad que se solicite con el objeto de atender a la totalidad de las subvenciones presentadas en la convocatoria, procederá la entidad colaboradora a realizar un prorrateo, a partes iguales, del importe global máximo destinado a las subvenciones, atendiendo a la necesidad de garantizar la finalidad social pretendida con la convocatoria.

Dado que la cuantía a otorgar a cada beneficiario, no podrá ser superior a la solicitada, una vez realizado el prorrateo a partes iguales del importe global de la subvención, en aquellos casos, en que el importe de alguna solicitud de subvención sea inferior a dicho prorrateo, la cantidad sobrante incrementará el prorrateo del resto, hasta el máximo del importe solicitado por otros beneficiarios.