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SUBVENCIONES PARA ACCIONES O PROYECTOS DE INTERNACIONALIZACIÓN PYMES ISLAS NO CAPITALINAS

InformaciónTramitaciónNormativa

Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo


EXTRACTO DE LA ORDEN DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCA EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA ACCIONES O PROYECTOS DE INTERNACIONALIZACIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CANARIAS DE LAS ISLAS NO CAPITALINAS PARA EL EJERCICIO 2022.

OBJETIVO:


Subvenciones a la internacionalización de empresas canarias de las islas no capitalinas consistente en asesoramiento técnico especializado y financiación a proyectos de expansión empresarial en el exterior de las Islas Canarias.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Las pequeñas y medianas empresas canarias (PYME) de las islas no capitalinas, que realicen una acción o proyecto dirigido a la internacionalización, ya sea facilitando la salida a los mercados exteriores o consolidando su presencia en los mismos.

Las solicitudes podrán presentarse de forma individual o de forma agrupada, pudiendo acceder a las subvenciones aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que puedan llevar a cabo el proyecto, las actividades y los compromisos que motivan la subvención. Las empresas beneficiarias, en cualquiera de las modalidades individual o agrupadas, deberán:

- Tener su domicilio fiscal o un establecimiento permanente en alguna de las siguientes Islas Canarias: Lanzarote, Fuerteventura, La Graciosa, La Palma, El Hierro y La Gomera.

- Contar con, al menos, un año desde su constitución en el momento de presentar la solicitud. En el caso de agrupaciones, este requisito será de aplicación a cada una de las PYME que formen parte de la misma, pero no será de aplicación a la agrupación solicitante.

- Disponer de un producto o servicio con potencial de internacionalización.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


- Asesoramiento profesional (gasto obligatorio).

- Acciones promocionales en el exterior (gasto opcional).

- Material de difusión y promoción para el exterior (gasto opcional).

- Gastos de implantación y/o licitación en el exterior (gasto opcional).

- Otros gastos.

FINANCIACIÓN:


El importe de la subvención por proyecto se calculará fijando el porcentaje del 75% sobre los costes subvencionados. El 25% restante debe ser aportado por la empresa.

Para la convocatoria 2022, el importe máximo de gasto subvencionable por proyecto ascenderá a seis mil (6.000) euros, siendo el importe de la subvención el 75% del gasto subvencionable, es decir, cuatro mil quinientos (4.500) euros, siendo la aportación de la empresa el 25% restante, esto es mil quinientos (1.500) euros.

El importe mínimo por proyecto será de tres mil (3.000) euros, siendo el importe de la subvención el 75% del gasto subvencionable, esto es, la cantidad de dos mil doscientos cincuenta (2.250) euros. La aportación de la empresa será el 25% restante, esto es, setecientos cincuenta (750) euros.