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SUBVENCIONES DISPUESTAS EN EL TÍTULO III DEL REAL DECRETO 1106 2020, DE 15 DE DICIEMBRE

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo


EXTRACTO DE LA ORDEN DE 8 DE ABRIL DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES DISPUESTAS EN EL TÍTULO III DEL REAL DECRETO 1106/2020, DE 15 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL ESTATUTO DE LOS CONSUMIDORES ELECTROINTENSIVOS, CORRESPONDIENTES A CARGOS POR LA FINANCIACIÓN DE LA RETRIBUCIÓN ESPECÍFICA A RENOVABLES Y COGENERACIÓN DE ALTA EFICIENCIA Y POR LA FINANCIACIÓN ADICIONAL EN LOS TERRITORIOS NO PENINSULARES SOPORTADOS DURANTE EL AÑO 2021.

OBJETIVO:


Concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a los consumidores electrointensivos para la compensación de la financiación de apoyo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables,cogeneración de alta eficiencia y compensación del extracoste en los territorios no peninsulares incluidos en los cargos soportados por estos consumidores en el año 2021.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Empresas privadas titulares de un punto de suministro o instalación, cualquiera que sea su forma jurídica, y que cumplan los siguientes requisitos:a) Estar válidamente constituidas conforme a la normativa en vigor en el momento de presentar la solicitud.b) Estar en posesión del certificado de consumidor electrointensivo.c) Realizar en cada una de las instalaciones o puntos de suministro para los que solicite la subvención una o varias actividades en los sectores enumerados en el Anexo I de la Orden de convocatoria bajo los códigos CNAE que se explicitan en el mismo.d) Acreditar haber soportado los cargos en los precios del suministro de electricidad correspondientes al año anterior al de la convocatoria.

FINANCIACIÓN:


La ayuda máxima para cada beneficiario será igual al 85 por ciento del coste subvencionable. Este se determina como la parte de los cargos del sector eléctrico soportados por el consumidor durante el año 2021 destinados a la financiación de apoyo para la producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables,cogeneración de alta eficiencia y compensación del extracoste en los territorios no peninsulares.

Si la suma de la ayuda máxima a la que tuvieren derecho todos los beneficiarios excediere del importe global máximo destinado a las subvenciones en la presente convocatoria, este se prorrateará entre todos los beneficiarios de las mismas.