Consejería de Industria, Turismo y Comercio
ORDEN DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2020, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A REVITALIZAR, MODERNIZAR Y APOYAR LA ACTIVIDAD TURÍSTICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, Y SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN LA CONCESIÓN DE LAS MISMAS, ASÍ COMO LA SELECCIÓN DE LA ENTIDAD COLABORADORA QUE PARTICIPARÁ EN SU GESTIÓN.
OBJETIVO:
Subvenciones destinadas a revitalizar, modernizar y apoyar la actividad turística de la Comunidad Autónoma de Canarias
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Los Ayuntamientos.
b) Los Cabildos y su organización descentralizada recogida en el artículo 80 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
c) Las Áreas metropolitanas.
d) Las Mancomunidades de municipios.
e) La entidad de gestión desconcentrada de la isla de La Graciosa.
f) Los organismos autónomos y las entidades públicas empresariales constituidas para la prestación de servicios públicos y actividades de competencia municipal por alguna de las entidades citadas en las letras anteriores.
g) Los consorcios en que se integren entidades municipales canarias, cuando estén adscritos a alguna de ellas.
h) Las sociedades mercantiles constituidas por entidades municipales con capital mayoritariamente público.
i) Las fundaciones públicas municipales.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
- 1) Apoyo a la creación, desarrollo y comercialización de productos y servicios turísticos.
a.1) Incluye proyectos, programas o actividades que pretendan impulsar la creación, desarrollo y comercialización de productos y servicios turísticos sostenibles centrados en recursos existentes con dificultades para incorporarse a la cadena de valor de la experiencia turística y que puedan beneficiarse del trabajo colaborativo y en red de operadores y agentes turísticos, la colaboración entre las administraciones públicas locales, la colaboración público-privada y la dimensión comarcal e insular para mejorar su presencia en el mercado.
a.2) Los proyectos, programas o actividades deberán impulsar la creación, el desarrollo o la comercialización de alguno de los siguientes ejes:
- Redes de trabajo entre diferentes agentes con el objetivo de ofrecer o desarrollar experiencias turísticas.
- Clubes de producto, como marco formal de colaboración formal público-privada para la planificación y gestión de productos asociados a la experiencia turística.
- Rutas que posibiliten experiencias turísticas vertebradas en torno a recursos naturales y culturales existentes, incluyendo aquellas derivadas de la utilización de nuevas tecnologías (realidad virtual, realidad aumentada, etc).
a.3) En todos los casos, los proyectos deberán poner en valor recursos vinculados al territorio, al patrimonio natural y a la cultura de Canarias, y deberán configurar auténticos productos y servicios turísticos que aporten valor como experiencias turísticas de calidad ligadas a nuestra cultura e identidad.
- 2) Centro de difusión del conocimiento turístico.
b.1) Incluye proyectos, programas o actividades de innovación, comunicación, formación, divulgación, sensibilización y cooperación entre entidades públicas, alineados a la estrategia y modelo turístico de las Islas Canarias.
b.2) Los proyectos, programas o actividades deberán impulsar alguno de los siguientes ejes:
- La elaboración de planes estratégicos y modelos turísticos de ámbito insular, comarcal y municipal que propongan cambios disruptivos o innovadores.
- El desarrollo de acciones de difusión del conocimiento turístico, en coordinación con otros agentes vinculados a la generación y difusión de contenidos divulgativos de calidad (videos, diseño gráfico, etc) que generen un vínculo e impacto emocional viralizable por su calidad e interés.
- El establecimiento de vínculos con organismos y entidades internacionales para el intercambio y la divulgación del conocimiento turístico generado en Canarias.
- La generación de cursos, workshops, conferencias, exposiciones, proyectos de investigación, demostraciones, showcookings, encuentros profesionales o mentorización de iniciativas empresariales.
- La generación de espacios de debate abiertos a la opinión pública sobre posibles cambios disruptivos o innovadores en la estrategia y modelo turístico.
- La creación de plataformas de apoyo permanente a nuevas iniciativas tecnológicas e innovadoras tanto en las etapas iniciales de desarrollo de un mínimo producto viable para probar su aceptación y utilizar esa información en el proceso de diseño y mejora, como en el seguimiento y consolidación de las propuestas.
b.3) En todos los casos, los proyectos deberán poner en valor la difusión del conocimiento a través de las nuevas tendencias de comunicación en entornos digitales y social media.
- 3) Desarrollo del sistema de información regional turístico.
c.1) Incluye el desarrollo de proyectos o programas de Información Turística dirigidos a planificar con criterio y a largo plazo, favorecer la toma de decisiones conjuntas contando con las islas, con los empresarios, sindicatos, universidades y la sociedad en su conjunto, para guiar las decisiones de inversión del presupuesto y maximizar su eficacia y rentabilidad social.
c.2) Los proyectos, programas o actividades deberán impulsar alguno de los siguientes ejes:
- El uso y la aplicación del Big Data con información en tiempo real sobre los usuarios, sus movimientos y sus preferencias, para convertirlos en información útil para las administraciones y empresas del sector.
- La colaboración e implicación de los y las residentes en los asuntos locales para conseguir una gestión lo más eficiente posible de la economía.
- La utilización de tecnología que aprenda del uso que hacen los turistas y se retroalimente de forma automática; ofrezca servicios personalizados e incluso, pueda realizar predicciones de comportamiento.
- La gestión inteligente, tanto en su ámbito promocional, como en su ordenación e infraestructuras, que incorpore la tecnología y la red para maximizar su beneficio social y económico.
c.3) En todos los casos, los proyectos deberán contemplar indicadores medioambientales, de flujos oferta, gasto y comportamiento del turista, fundamentales para definir políticas públicas y la ordenación pertinente, y ser puestos a disposición del resto de entidades públicas colaboradoras.
- 4) Apoyo para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.
d.1) Incluye el desarrollo de acciones piloto de productos y diversificación de actividades destinadas a paliar los efectos de la insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.
d.2) Los proyectos, programas o actividades irán dirigidos a recuperar la pérdida de conectividad, consolidar la diversificación y mejorar y fortalecer la competitividad de la oferta turística canaria, debiendo enclavarse dentro de alguno de los siguientes ejes:
- La evaluación, implementación y desarrollo de soluciones tecnológicas capaces de potenciar el desarrollo en cualquier elemento de la cadena de producción de los servicios turísticos.
- La promoción de la gamificación del destino a través de la creación de aplicaciones interactivas para influir, motivar y enriquecer la experiencia de viaje en el destino, proponiendo juegos, retos o actividades que genere vinculación emocional, distribución de flujos e incremento del gasto.
- El impulso de la aplicación de la neurociencia para mejorar la experiencia turística, mediante del uso intensivo de tecnología, la utilización de sonidos, imágenes y olores clásicos que evoquen e inspiren aún más a disfrutar y ahondar en lo típico y singular del destino.
- Desarrollo de programas de mapping a través de la proyección de imágenes y animaciones de todo tipo en cualquier superficie, que generen impacto visual y diferenciación frente a eventos más tradicionales.
- Generación de nuevos segmentos turísticos que fusionen el ocio, la gastronomía, los deportes, las compras, la historia de la ciudad o su arquitectura o patrimonio más característico con la digitalización de la gestión comunicación y exportación de los servicios.
d.3) En todos los casos, los proyectos deberán justificar el carácter innovador, el alcance y la capacidad de generación de gasto en el destino y el impacto generado en la imagen de Canarias.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Son subvencionables las inversiones de tipo inmaterial, como es el caso de la inversión en marcas, derechos, licencias, formación específica de cara al proyecto, publicidad, etc., así como las inversiones de tipo material, como en el caso de infraestructuras locales necesarias para el desarrollo de los proyectos.
Están sometidos a limitación los siguientes gastos:
- Gastos de producción: podrá imputarse hasta un 30% del total del presupuesto con gastos asociados a los conceptos "Dirección, coordinación, gestión, supervisión, monitorización, producción, soporte técnico, asistencia técnica, logística, apoyo técnico" o similares para la actividad o mediante soporte de terceros. Cuando el importe de cualquiera de estos gastos supere la cuantía de 30.000 euros en el supuesto de coste por la realización de la actividad, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien. Cuando por las especiales características de los gastos no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o en los casos en que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud, deberán justificarse fehacientemente estos extremos. La obligación de presentar tres ofertas de diferentes proveedores deberá constar de forma expresa en la resolución de concesión.
- Gastos de personal de la entidad solicitante: podrá imputarse hasta un 8% de la cuantía del importe subvencionado de personal directamente relacionados con la actividad subvencionada aportando lo siguiente:
- Nóminas del personal: TC1 y TC2 correspondientes a los seguros sociales de los meses en los que se desarrolle.
FINANCIACIÓN:
El importe de las subvenciones concedidas no podrá superar, en ningún caso, el coste total de las actividades subvencionadas.
Las subvenciones correspondientes a las líneas de actuación 1, 2 y 3 se otorgarán conforme a la prioridad establecida en la base novena hasta agotar la dotación presupuestaria según se detalla a continuación:
a) Con 30 puntos: 40% de la cuantía total del proyecto.
b) Entre 31 y 50 puntos: 50% de la cuantía total del proyecto.
c) Entre 51 y 70 puntos: 60% de la cuantía total del proyecto.
d) Entre 71 y 90 puntos: 70% de la cuantía total del proyecto.
e) Entre 91 y 100 puntos: 80% de la cuantía total del proyecto.
Sin perjuicio de lo anterior, para las líneas 1, 2 y 3 se establece una aportación máxima por proyecto de 50.000 euros. De no cubrirse la totalidad del crédito con los proyectos presentados, la cantidad resultante podrá ser distribuida entre los presentados proporcionalmente a la valoración obtenida conforme a los criterios expuestos en la base novena, sin que resulte de aplicación el límite de aportación máxima previsto en el presente apartado.
El importe de las subvenciones concedidas a las acciones piloto de productos y diversificación de la línea 4 será de 50.000 euros como mínimo para un máximo de ocho proyectos subvencionables. De no cubrirse la totalidad del crédito con los proyectos seleccionados, la cantidad resultante será distribuida entre los designados de forma proporcional a la puntuación obtenida conforme a los criterios expuestos en la base novena.