Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento
ORDEN DE 23 DE MARZO DE 2017, POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2017 PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A INSTALACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES
OBJETIVO:
subvenciones que se concedan destinadas a instalaciones de energías renovables realizadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Personas jurídicas de derecho público y personas físicas
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Solo serán subvencionables con cargo a esta Orden las actuaciones en el sector residencial y en Administraciones Públicas:
A) Biomasa térmica.
B) Solar térmica de baja temperatura, siempre que la superficie de captación útil total sea superior a 10 m.
C) Solar fotovoltaica aislada.
D) Eólica aislada.
E) Instalaciones para el almacenamiento, manejo, tratamientos previos y sistemas de digestión anaerobia y de aprovechamiento energético (calor/frío) y/o eléctrico de cualquier tipo de materia orgánica susceptible de este tratamiento, pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás (CI014), para instalaciones de potencia eléctrica inferior a 500 kW.
F) Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el subsuelo. Geotermia.
G) Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el aire ambiente. Aerotermia.
H) Otras Instalaciones de Energías Renovables.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Configuran las partidas subvencionables el coste de los equipos e instalaciones que
forman parte de la instalación así como el montaje y conexionado del conjunto, obra
civil asociada, diseño de ingeniería de la instalación, dirección de obra, auditoría limitada
al proyecto de inversión, puesta en marcha, documentación técnica, manuales de uso y
operación y tramitación de permisos y ayudas
FINANCIACIÓN:
A) Biomasa térmica. Hasta el 30% del coste de referencia. Se podrá llegar hasta el 40% del coste de referencia en el caso de calderas automáticas en instalaciones municipales.
B) Solar térmica de baja temperatura. Hasta el 40% del coste de referencia.
C) Solar fotovoltaica aislada. Hasta el 40% del coste de referencia.
D) Eólica aislada. Hasta el 40% del coste de referencia.
E) Instalaciones para el almacenamiento, manejo, tratamientos previos y sistemas de digestión anaerobia y de aprovechamiento energético (calor/frío) y/o eléctrico de cualquier tipo de materia orgánica susceptible de este tratamiento, pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás. Hasta el 30% del coste de referencia.
F) Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el subsuelo. Geotermia. Hasta el 30% del coste de referencia.
G) Equipos de aprovechamiento de la energía existente en el aire ambiente. Aerotermia. Hasta el 20% del coste de referencia.
H) Otras Instalaciones de Energías Renovables. Hasta el 40%.