Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
ORDEN DE 12 DE MARZO DE 2021, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES DE MUJERES RURALES DE ÁMBITO NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2021
OBJETIVO:
las subvenciones para el ejercicio 2021, destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para la realización de actividades específicas de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Las entidades asociativas de mujeres rurales previstas en el artículo 3 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen actividades incluidas en el artículo 1 de dichas bases y que cumplan los contenidos y requisitos previstos en su artículo 5 y los criterios de valoración previstos en su artículo 6.
odrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades asociativas de mujeres rurales que cumplan los requisitos y condiciones siguientes, tal y como se indica en el artículo 3 del Real Decreto 146/2019, de 15 de marzo:
a) Estar legalmente constituidas como entidades asociativas de mujeres del medio rural.
b) Estar inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior.
c) Tener expresamente consignado en su título constitutivo un ámbito de actuación estatal y realizar actividades en al menos tres comunidades autónomas.
d) Carecer de ánimo de lucro.
e) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, tanto ellas como las organizaciones integradas en las mismas.
f) Tener entre sus actividades habituales la realización de proyectos para la promoción de las mujeres rurales.
g) Tener personalidad jurídica propia, capacidad de obrar y no encontrarse incursas en los supuestos contemplados en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.h) No haber sido sancionadasmediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones u otras leyes que así lo establezcan.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las actividades incluidas en el proyecto aprobado por la resolución de concesión podrán subvencionarse con carácter retroactivo desde el 1 de enero hasta el 15 de noviembre de2021.
Al menos el 70 % de las actividades programadas deberán realizarse de lunes a viernes no festivo. En caso de que la jornada sea de 2 días, al menos uno de ellos será de lunes a viernes no festivo.
Los programas de las actividades podrán incluir, con carácter general, la realización de visitas de carácter técnico y/o actividades prácticas, en territorio nacional, cuya duración no será superior al 50 % del tiempo programado de horas lectivas totales.
El número de asistentes por actividad no podrá ser inferior de15.
Se establece un porcentaje máximo del 30 % de mujeres mayores de 65 años, respecto al número total de mujeres asistentes para la totalidad del proyecto. Para poder verificar este requisito las entidades solicitantes deberán aportar para cada jornada realizada el listado de firmas de los asistentes, que incluirá el DNI, la fecha de nacimiento y la autorización expresa de los asistentes para que el órgano instructor pueda verificar estos datos. En caso de no aportarse esta autorización, se deberá aportar copia de los DNI de los asistentes.f) Al menos el 80 % de las asistentes del proyecto serán mujeres
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Sólo podrán subvencionarse los gastos de realización de actividades que tengan carácter presencial, telemático mediante “aula virtual” o mixtoy cuya duración mínima sea de 4 horaslectivas, teóricas o prácticas, por día, en el caso de actividades presenciales o mixtas, y de 2 horas lectivas de duración mínima en las actividades telemáticas mediante “aula virtual” o en las que se impartan en centros educativos oficiales dirigidas a estudiantes.
FINANCIACIÓN:
El gasto máximo por asistente y hora lectiva media de las jornadas del proyecto no podrá superar los 20 euros,en el cómputoglobal del proyecto. El coste máximo se calcularámultiplicando este valor de 20 euros por el número total de asistentes al proyecto y por las horas lectivas de duración media de las jornadas del proyecto.