Omitir los comandos de cinta Saltar al contenido principal

SUBVENCIONES CON DESTINO A INVERSIONES EN EXPLOTACIONES GANADERAS

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife

BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES CON DESTINO A INVERSIONES EN EXPLOTACIONES GANADERAS DE LA ISLA DE TENERIFE, EJERCICIO 2019

OBJETIVO:

subvenciones con destino a la adquisición de maquinaria y equipos ganaderos en explotaciones ganaderas de la isla de Tenerife, pertenecientes al subsector bovino, porcino, caprino, ovino, avícola y cunícola , con la finalidad de mejorar los resultados económicos de dichas explotaciones, facilitar su reestructuración y modernización e n beneficio del medio ambiente y bienestar animal y, en general, para la mejora de la calidad de las granjas y de los productos que en ella se obtienen

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

todas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas de la isla de Tenerife, que cumplan, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a. Ostentar la titularidad de una explotación ganadera ubicada en la isla de Tenerife, ya sea como propietario, como arrendatario o por cualquier otro título habilitante, y sea una explotación perteneciente a alguno de los subsectores relacionados en la base primera de las presentes.

b. No tratarse de una explotación ganadera de autoabastecimiento , entendiendo por tal, a efectos de estas bases, aquellas cuyo censo ganadero – que figure en el REGAC

- sea inferior a una UGM (Unidad de Ganado Mayor) el cual será calcul ado conforme al índice de conversión previsto en el artículo 2º del Real Decreto 1131/2010, de 10 de septiembre, por el que se establecen los criterios para el establecimiento de las zonas remotas a efectos de eliminación de ciertos subproductos animales n o destinados al consumo humano generados en las explotaciones ganaderas.

c. Estar inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias (REGAC) , conforme a lo dispuesto en la Orden de 20 de marzo de 2018, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, en los términos previstos en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro General de Explotaciones Ganaderas. Dicha inscripción debe estar debidamente actualizada

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

inversión en maquinaria y equipos ganaderos adquiridos entre el 1 de septiembre de 2018 y el 31 de mayo de 2019, que estén directamente relacionados con la explotación Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 5, viernes 11 de enero de 2019 865 ganadera para la que se solicita subvención, y cuya inversión no supere la cantidad de tres mil euros (3.000,00 € ).

FINANCIACIÓN:

El importe de cada subvención se calcula rá atendiendo al presupuesto o coste de la inversión subvencionable. A tal efecto, el crédito disponible será repartido entre todos los solicitantes con derecho a subvención, asignando a cada ganadero una subvención por importe equivalente al 40% del presupuesto o coste de la inversión para la que solicita la ayuda, previa comprobación, por parte del Servicio Técnico de Ganadería y Pesca, de que los importes de los conceptos subvencionables son acordes con los precios de mercado y con la actividad que se de sarrolla en la correspondiente explotación.

En el supuesto de que el crédito aprobado en la convocatoria resultara insuficiente para subvencionar hasta el 40% de la inversión para la que se solicita la ayuda, se procederá a reducir gradualmente y en la misma proporción el citado porcentaje, hasta que sean atendidas todas las solicitudes con derecho a subvención.

Asimismo, el citado porcentaje será reducido proporcionalmente en el supuesto de que el solicitante tuviera previsto recibir ayudas o subvenciones de otras administraciones públicas o entidades en un porcentaje superior al 60% del presupuesto de la inversión subvencionable