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SUBVENCIONES A ENTIDADES CIUDADANAS PARA COLABORAR EN LA FINANCIACIÓN DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

InformaciónTramitaciónNormativa

AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES CIUDADANAS PARA COLABORAR EN LA FINANCIACIÓN DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO PARA EL AÑO 2017.​​

OBJETIVO:

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Colaborar en la financiación de gastos de funcionamiento de entidades ciudadanas en las que concurran las condiciones establecidas.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Entidades ciudadanas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes, con la hacienda Estatal, Autonómica, Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y con la Tesorería de la Seguridad Social.

b) Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con esta Corporación. A tal efecto, se considerará que los solicitantes se encuentran al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones cuando no tengan deudas con la Administración concedente por reintegros de subvenciones en periodo ejecutivo.

c) No encontrarse incursa en el resto de circunstancias o prohibiciones que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

d) Estar inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife o en el Registro Municipal Complementario de otras entidades ciudadanas de Santa Cruz de Tenerife, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 26.1 ó 26.2 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, contando a la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente, con una antigüedad mínima de un año desde su inscripción.

e) Haber presentado todos los datos actualizados para la renovación anual de su inscripción en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, antes de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de la subvención.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

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Se considerarán gastos de funcionamiento de las entidades ciudadanas aquellos contraídos para permitir la normal actividad del domicilio social de los solicitantes (siempre que el mismo se sitúe en este término municipal); así como aquellos gastos necesarios para el desarrollo de actividades, relacionadas con el objeto social de las solicitantes, desarrolladas fuera del local donde se ubique el domicilio social y destinadas a la ciudadanía de Santa Cruz de Tenerife

GASTOS SUBVENCIONABLES:

- Material de oficina consumible (folios, bolígrafos, sobres, marcadores, lápices, grapas, cinta adhesiva, pegamento, bombillas etc)

- Libros, revistas y prensa

- Gastos postales y de mensajería

- Material informático fungible y software.

- Mantenimiento de la página web de la Entidad.

-Gastos vinculados con la emisión del certificado electrónico de la entidad.

- Materiales y gastos de limpieza del local social

- Enseres y objetos de decoración (espejos, cuadros, etc...), cuyo importe unitario no supere los 300 €.

- Primas de seguros del local social, pólizas de responsabilidad civil general contratada a nombre de la entidad ciudadana.

- Gastos por impuestos municipales (IBI e Impuesto de residuos sólidos), abonados en periodo voluntario.

- Recibos de alta y suministro de teléfono fijo, móvil, líneas de conexión a Internet, y televisión digital del local social, que deberán estar a nombre de la entidad ciudadana solicitante.

- Recibos de suministro de agua y energía eléctrica, que deberán figurar a nombre de la entidad ciudadana solicitante o del arrendador del local, en su caso. En caso de que el local se encuentre compartido por varias entidades y una de ellas sea la titular del contrato, el gasto en concepto de suministro asumido por el resto de entidades, debe ser acreditado mediante documento justificante de la entrega de la cantidad acordada a la entidad titular.

- Gastos destinados al cumplimiento de las labores de mantenimiento y reparaciones menores de la sede social.

- Alquiler del local donde se sitúe el domicilio social de la entidad ciudadana

- Asesoría contable, fiscal y legal de la entidad solicitante.

FINANCIACIÓN:

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El importe máximo de las subvenciones a otorgar será de 1.200 €.