Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento
ORDEN DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2017, POR LA QUE SE CONVOCAN EN TRAMITACIÓN ANTICIPADA PARA EL EJERCICIO 2018, SUBVENCIONES A EMPRESAS DE ALTA TECNOLOGÍA E INTENSIVAS EN CONOCIMIENTO EN ÁREAS PRIORITARIAS DE LAS RIS3.
OBJETIVO:
ubvenciones públicas a empresas de alta tecnología e intensivas en conocimiento para la realización de proyectos que utilicen el conocimiento de excelencia, los resultados de investigación y las capacidades existentes, en las áreas prioritarias de la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias (RIS3), cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria de subvención, aquellas empresas que estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en la Comunidad Autónoma de Canarias y cuenten con uno o más empleados a la fecha de solicitud y cumplan con lo establecido en la base reguladora 3 de esta convocatoria.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Se establece un máximo de dos proyectos por empresa solicitante
1. Se considerará susceptible de ayuda aquellos proyectos en los que se desarrollen o
utilicen conocimientos y tecnologías novedosas a nivel sectorial -de índole científica,
tecnológica, empresarial o de otro tipo- para la elaboración de productos, procesos o
servicios nuevos o mejorados.
2. Los proyectos subvencionables deberán estar encuadrados con los objetivos generales
y objetivos específicos de las prioridades de la RIS3 relacionadas en la base 1.
2. Las prioridades (áreas prioritarias) de la RIS3 son:
2.1. Liderazgo inteligente del turismo:
a) Mejora de la competitividad y productividad del producto turístico canario.
b) Diversificación productiva basada en el turismo.
2.2. Canarias, referente atlántico inteligente:
a) Canarias, conocimiento, tecnología y centro de operaciones para la cooperación al
desarrollo.
b) Canarias, plataforma de negocios y centro financiero del Atlántico medio.
c) Canarias, referente cultural y ambiental atlántico.
d) Canarias, centro nodal del Atlántico medio.
2.3. Valorización socioeconómica de la I+D, especialización y fortalecimiento en
astrofísica y espacio, ciencias marítimo-marinas, biotecnología y biomedicina asociadas a la
biodiversidad y enfermedades tropicales:
a) Especialización y fortalecimiento en los ámbitos prioritarios.
b) Generación de conocimiento y potenciación de la excelencia.
c) Transferencia de conocimiento y tecnología e incremento de la participación privada
en I+D.
d) Desarrollo del capital humano y atracción de talento de excelencia.
2.4. Agenda Digital:
a) Infraestructuras de acceso de nueva generación.
b) Crecimiento digital.
2.5. Crecimiento verde y sostenibilidad:
a) Economía baja en carbono, desarrollo industrial y eficiencia energética.
b) Eco-innovación, agricultura, pesca y protección del medio ambiente.
c) Bioeconomía basada en la biodiversidad canaria.
d) Canarias laboratorio natural.
3. En ningún caso serán subvencionables las actuaciones rutinarias de las empresas para
la mejora de la calidad de productos, el aumento de las capacidades de producción o servicio,
modificación o adaptación de procesos productivos o productos existentes que no supongan
una innovación sustancial
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a) Activos fijos nuevos que no tengan el carácter de reposición.
b) Inversiones inmateriales: patentes, licencias, know-how o software relacionado con
los nuevos productos o servicios. Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u
obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación
se haya realizado en condiciones de plena competencia. Registro de patentes, marcas,
modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o
normalización de productos o servicios. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados
con el registro de propiedad industrial derivados de la ejecución del proyecto.
c) Colaboraciones externas tales como asistencia técnica, ingeniería, contratación con
centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo, gastos
externos de consultoría y tutorización, así como costes de servicios de asesoramiento y
apoyo a la innovación relacionados con el proyecto.
d) El coste de la Auditoría Limitada a aportar con la justificación de la subvención
indicada en la base 17.
"e) Los costes de personal necesarios para la ejecución de la operación.
Los costes de personal serán financiables en la medida en que se haya incurrido en ellos efectivamente y se justifiquen mediante los correspondientes documentos acreditativos del gasto y del pago. Solo serán financiables aquellos gastos del personal relacionado con actividades que la entidad no llevaría a cabo si no realizara la operación en cuestión.
Se consideran costes de personal financiables los costes brutos de empleo del personal del beneficiario, con un máximo de 50 euros/hora.
Estos gastos incluyen:
- Los sueldos y salarios fijados en un contrato de trabajo.
- Otros gastos soportados directamente por el empleador como cotizaciones sociales, aportaciones a planes de pensiones, así como otras prestaciones en favor de los trabajadores que sean obligatorias en virtud de ley o convenio, siempre que no sean recuperables.
- Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de personal".
FINANCIACIÓN:
La cuantía mínima y máxima de subvención a conceder por proyecto subvencionado son 60.000 euros y 174.990 euros, respectivamente