Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
OBJETIVO:
La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de proyectos que impulsen, en los Países de Asociación de la Cooperación Española, soluciones innovadoras, ya desarrolladas y testadas exitosamente a nivel piloto, con el fin de aplicarlas y demostrar la posibilidad de replicarlas a mayor escala buscando un impacto positivo y relevante en las condiciones de vida de las personas más desfavorecidas y en la cohesión social. Los proyectos abordarán problemas sociales, económicos, medioambientales y de la agenda de desarrollo de forma integrada y con un enfoque innovador yendo más allá del ámbito meramente tecnológico.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Entidades del sector privado empresarial.
b) Entidades del sector social.
c) Entidades del ámbito académico y de la investigación, tanto públicos como privados).
Quedan excluidos como posibles adjudicatarios las Administraciones Públicas y cualquier entidad en la que una Administración Pública participe en el capital social o en el patrimonio de la misma, excepto en el caso de las universidades, de los centros de investigación y otros análogos.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Serán financiables exclusivamente aquellos proyectos que contribuyan directamente a alguna de las prioridades temáticas señaladas a continuación:
– Línea de acción «Impulso de la calidad de la democracia»: Fortalecimiento de los sistemas de partidos y refuerzo de la sociedad civil contribuyendo a una ciudadanía activa.
– Línea de acción «Desarrollo rural y territorial, y la agricultura como sector clave»: Fomento de la agroindustria apoyándose en la producción a pequeña y mediana escala mediante la mejora de las cadenas de valor.
– Línea de acción «Crecimiento económico inclusivo y sostenible»: La consolidación de mercados financieros inclusivos (microfinanzas) y el desarrollo de Tecnologías de la Información y Comunicación aplicadas al crecimiento económico.
– Línea de acción «Derecho humano al agua y al saneamiento básico»: Mejora de sistemas rurales de agua potable y desarrollo de tecnologías de saneamiento apropiadas.
– Línea de acción «Derecho Humano a la Salud: equidad y cobertura universal»: Mejora de la prevención y promoción de la salud así como el acceso a servicios sociales básicos equitativos y de calidad.
– Línea de acción «Derecho Humano a una Educación básica de calidad para todas y todos»: Mejora de los sistemas educativos a través de la implantación de Tecnologías de la Información y Comunicación en el aula y en la formación de docentes.
– Línea de acción «Establecimiento de líneas específicas para paliar todas las formas de violencia y discriminación contra mujeres y niñas»: Fomento del empoderamiento y pleno disfrute de los derechos de las mujeres en ámbitos como la salud sexual y reproductiva o la violencia de género.
– Línea de acción «Desarrollo sostenible y medio ambiente»: Mejora de la eficiencia ambiental en los proyectos mediante el ahorro energético y el uso de fuentes sostenibles (energías renovables), ahorro de agua, gestión de residuos, adaptación al cambio climático, agrodiversidad o mejora de los suelos, entre otros.
En todo caso, todos los proyectos han de incorporar de manera real y efectiva enfoques transversales de género, medioambiente y derechos humanos
GASTOS SUBVENCIONABLES:
1. Gastos directos.
a) Equipos, materiales y suministros. Podrán subvencionarse los gastos de amortización de bienes inventariables, por los períodos en que hayan sido puestos a disposición de la actividad, siempre que éstos se refieran exclusivamente al período subvencionable y que hayan sido adquiridos con fondos propios del adjudicatario o de su socio local.
b) Personal.
– El personal local
– El personal expatriado
– El personal voluntario
– El personal en sede en España. El personal en sede imputable a la subvención, en intervenciones de desarrollo en un tercer país, podrá alcanzar un máximo del 4,5 por 100 de la misma.
c) Servicios técnicos y profesionales, requeridos para la realización de capacitaciones, seminarios, diagnósticos, informes, publicaciones, control de gestión, asesorías jurídicas o financieras, notariales y registrales, traducciones.
d) Viajes, alojamientos y dietas.
e) Gastos financieros.
2. Gastos indirectos. El importe máximo de los gastos indirectos no podrá exceder del 10 por 100 del total de la subvención concedida.
FINANCIACIÓN:
- La subvención máxima por proyecto no podrá ser superior a los 200.000 euros.
- Las entidades del sector social inscritas en el Registro de ONGD de la AECID que no hayan obtenido anteriormente financiación por parte de AECID, como adjudicatario directo, no podrán recibir directamente ni mediante su participación en agrupaciones para la ejecución de acciones o mediante contratación un importe superior a 80.000 euros con cargo al total de las subvenciones concedidas en la convocatoria.
- El importe de la subvención concedida en todo caso no podrá ser superior al 40 por 100 del coste total del proyecto, siendo necesaria la aportación de otros fondos por un mínimo del 60 por 100 sobre el importe total. Esta aportación de otros fondos podrá ser con fondos propios de la entidad adjudicataria o procedentes de otros financiadores. En ambos casos, estas aportaciones podrán ser dinerarias o en especie y se aplicarán íntegramente a la financiación de costes directos.