Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 16 DE JUNIO DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2022 SUBVENCIONES, POR RENOVACIÓN DE COMPROMISOS, DESTINADAS AL MANTENIMIENTO DE PRÁCTICAS Y MÉTODOS DE AGRICULTURA ECOLÓGICA (MEDIDA 11, SUBMEDIDA 11.2), PREVISTAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL PARA CANARIAS EN EL PERIODO DE PROGRAMACIÓN 2014-2020.
OBJETIVO:
mantenimiento de la aplicación de métodos de agricultura ecológica, incluyendo la ganadería, según se define en el Reglamento (CE) nº 834/2007, del Consejo, de 28 de junio, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y en el Reglamento (CE) nº 889/2008, de la Comisión, de 5 de septiembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación con respecto a la producción ecológica, su etiquetado y su control, para obtener alimentos orgánicos asegurando a largo plazo una agricultura sostenible y la protección de los recursos naturales.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarios del régimen de estas ayudas las personas físicas o jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, reúnan los requisitos previstos en estas bases y que hayan sido solicitantes de las ayudas convocadas anualmente relativas al mantenimiento de prácticas y métodos de la agricultura ecológica (Medida 11, submedida 11.2), previstas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Canarias para el periodo 2014-2020, en alguno de los dos periodos de convocatoria abiertos en 2018 o 2021.
FINANCIACIÓN:
1. La superficie mínima subvencionable en cultivo o producción ecológica inscrita en el Fichero de Operadores de Producción Ecológica de Canarias es de 0,2 hectáreas, tanto para hortícolas como para el resto de cultivos o superficie de explotación.
2. Las primas unitarias anuales para la submedida de mantenimiento a la producción ecológica, submedida 11.2, serán las siguientes:
- Herbáceos de secano: 117,60 euros/hectárea.
- Herbáceos de regadío: 183,60 euros/hectárea.
- Frutales de secano: 130,80 euros/hectárea.
- Frutales de pepita: 274,80 euros/hectárea.
- Frutales de hueso: 384,00 euros/hectárea.
- Cítricos: 528,60 euros/hectárea.
- Plátanos: 900,00 euros/hectárea.
- Hortícolas al aire libre 349,20 euros/hectárea.
- Hortícolas bajo invernadero 595,20 euros/hectárea.
- Viña 354,00 euros/hectárea.
- Tomate 600,00 euros/hectárea.
- Forrajes y granos para alimento animal:
- Herbáceos de secano: 117,60 euros/hectárea
- Herbáceos de regadío: 183,60 euros/hectárea.
- Para el mantenimiento de las prácticas ecológicas en la ganadería, la cuantía de la ayuda es de 214,00 euros/hectárea.
3. Las hectáreas subvencionables correspondientes a las superficies sobre la que se asienta la ganadería ecológica no podrá superar el valor de las Unidades de Ganado Mayor (UGM) ecológicas de la explotación.
El número de UGM se calculará según la tabla de conversión que se recoge en el Anexo II del Reglamento de ejecución (UE) nº 808/2014, y se determinará haciendo la media de los datos de la explotación tomados todos los días 15 de cada mes durante toda la campaña para aquellas especies cuya base de datos disponga de un censo diario y, para el resto, según el dato de la última declaración censal inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud de ayuda.
4. No obstante, y con el fin de establecer una modulación adecuada de la ayuda, que favorezca al número máximo de operadores, se establecen los siguientes factores de modulación, que se aplicarán a las cuantías de cada uno de los cultivos:
Una vez comprobado que el solicitante tiene inscritas más de 0,20 hectáreas, se verificaran los cultivos y las superficies correspondientes a cada uno de ellos.
Para el cálculo de la ayuda se debe considerar lo siguiente:
“P” es el valor de la prima correspondiente al cultivo que se está considerando y “S” la superficie (en hectáreas) objeto de ayuda.
Hasta 5 hectáreas de un mismo cultivo, no se aplica factor de corrección alguno y por tanto, la ayuda (A1) que corresponde será la siguiente:
A1= S x P.
Para superficies de un mismo cultivo superiores a 5 e inferiores a 10 hectáreas, la ayuda (A2) que corresponde será la siguiente:
A2= 5 x P + (S - 5) x 0,5 x P que simplificada queda como:
A2= 5P (0,5 +0,1 S).
Para superficies de un mismo cultivo superiores a 10 hectáreas, la ayuda (A3) que corresponde será la siguiente:
A3 = 5 x P + 5 x 0,5 x P + (S-10) x 0,15 x P que simplificada queda como:
A3 = 5P (1,2 + 0,03 S)