Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
EXTRACTO DE LA D. A. 1.ª DEL R.D. 854/2021, DE 5 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS PARA ARMADORES DE BARCOS DE ESLORA TOTAL IGUAL O SUPERIOR A 12 METROS, TENIENDO PREFERENCIA PARA LAS AYUDAS LOS ARMADORES DE BARCOS DE ESLORA TOTAL IGUAL O SUPERIOR A 24 METROS, PARA LA ADQUISICIÓN POR PRIMERA VEZ, E INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE SEGUIMIENTO ELECTRÓNICO REMOTO (REM).
OBJETIVO:
Digitalización de los medios para la vigilancia de la flota pesquera), siendo el objetivo de este componente mejorar la sostenibilidad, la competitividad y la resiliencia de los sectores agroalimentario y pesquero desde el punto de vista económico, medioambiental y social. Dentro de ese componente, este real decreto recoge las subvenciones referentes a la primera de las dos líneas de acción del C3. I9, relativa a la «digitalización del sector pesquero y acuícola español»
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas los armadores de buques pesqueros de eslora total igual o superior a 12 metros, teniendo preferencia para las ayudas los de eslora total igual o superior a 24 metros, de la lista tercera del Registro de Buques y Empresas Navieras que estén dados de alta en el Registro General de la Flota Pesquera y en posesión de la licencia de pesca en vigor.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
adquisición y la instalación de los equipos nuevos del sistema de Seguimiento Electrónico Remoto
FINANCIACIÓN:
La cuantía de la ayuda será de hasta el 100 % del coste de la adquisición y la instalación de los equipos nuevos del sistema de Seguimiento Electrónico Remoto, con un límite de 15.000 euros por buque.