Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo
RESOLUCIÓN DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2022, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN LABORAL PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL O EN RIESGO DE PADECERLA, INMIGRANTES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL EJERCICIO 2022.
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 17 DE NOVIEMBRE DE 2022, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE ITINERARIOS INTEGRADOS DE INSERCIÓN LABORAL PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL O EN RIESGO DE PADECERLA, INMIGRANTES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA EL EJERCICIO 2022.
OBJETIVO:
proyectos de itinerarios integrados de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad (PIIIL)
El objeto de las subvenciones es financiar la ejecución en Canarias de los PIIIL para la inserción laboral en Canarias de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad. La finalidad de estos proyectos es mejorar la empleabilidad y la inserción laboral, de forma estable y duradera en el tiempo, aumentando la competitividad de los colectivos a los que van dirigidas, ya que cuentan con especiales dificultades que les impiden participar en otros programas de formación profesional para el empleo, proporcionándoles los conocimientos y prácticas adecuadas que mejoren su capacitación profesional. Con ello se favorece la generación de empleo.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro que cuenten con un centro de trabajo, delegación o establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el desarrollo de la actividad objeto de subvención, y reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener entre sus fines la formación e inserción laboral de personas en situación de desventaja social: personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, inmigrantes y personas con discapacidad.
b) Estar inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras de la Dirección General de Servicios Sociales y/o de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia.
c) Tener capacidad suficiente de medios materiales, humanos y organizativos para cumplir los objetivos establecidos en el proyecto y ejecutar por sí mismas las acciones subvencionadas, sin que pueda subcontratarse con terceros su realización.
d) Estar dadas de alta de terceros en el Sistema Económico Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias.
e) Cumplir las prescripciones que se establecen en la disposición adicional segunda y disposiciones transitorias de la Ley 2/1998 de 6 de abril de Fundaciones de Canarias, y artículo 41 de la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias.
f) Las entidades solicitantes de los proyectos deberán estar acreditadas en el registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo de Canarias para impartir los correspondientes Certificados de Profesionalidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las personas participantes en los PIIIL serán personas en desventaja social, que estén desempleadas, e inscritas en la oficina de empleo, y que pertenezcan a uno de los siguientes colectivos:
- Personas en exclusión social o en riesgo de padecerla.
- Inmigrantes.
- Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
El número mínimo de horas diarias a impartir será de 5 y el máximo de 7 horas, salvo que se informe favorablemente el cambio, previa solicitud motivada.
Las actuaciones que componen el itinerario integrado de inserción son las siguientes:
a) Acogida y diagnóstico.
b) Acción formativa.
c) Inserción laboral y técnicas de búsqueda de empleo.
d) Prácticas no laborales en empresas.
e) Evaluación.
En relación al colectivo de personas en exclusión social o en riesgo de padecerla, en caso de que a la persona participante no se le esté haciendo un seguimiento por parte de una Administración pública, la entidad beneficiaria aportará una certificación expedida por un trabajador o trabajadora social colegiado/a, que acredite la situación de exclusión social o el riesgo de padecerla.
El colectivo de personas inmigrantes lo conforman:
Las personas extranjeras inscritas en las oficinas de empleo que no tengan formación o no la tengan homologada en relación con la formación propia del certificado de profesionalidad que se imparte en el proyecto.
Los menores extranjeros bajo la tutela de la Administración Pública.
La discapacidad se define en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social como una situación que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias previsiblemente permanentes y cualquier tipo de barreras que limiten o impidan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. Podrán participar en los PIIIL las personas a las que se les haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.
Salvo que no hayan suficientes demandantes inscritas que reúnan los requisitos, más del 55% de las personas destinatarias del programa han de ser mujeres y, dentro de este colectivo, se priorizará a las mujeres que sean víctimas de violencia de género, debiendo mantenerse esta proporción desde el inicio hasta la finalización del proyecto.
Para todos los colectivos, la priorización en la selección de las personas destinatarias del proyecto, se establecerá en la convocatoria.
Se asignan a cada colectivo las siguientes plazas:
Proyectos de personas en situación de exclusión social: 345 plazas.
Proyectos de personas con discapacidad: 180 plazas.
Proyectos de inmigrantes: 30 plazas.
FINANCIACIÓN:
Las personas participantes percibirán una beca por la asistencia a las diferentes acciones que componen el itinerario. La cuantía diaria de dicha beca se establecerá en la convocatoria.
Las personas participantes en los PIIIL percibirán ayudas en concepto de transporte y conciliación.
Se establece un sistema de justificación basados en costes unitarios. Se entiende por coste unitario el coste por plaza y hora de proyecto que podrá ser objeto de financiación pública.
El importe del coste unitario (coste por plaza y hora de proyecto) es de ocho euros con veinticuatro céntimos (8,24 euros).
El importe del coste unitario no puede actualizarse durante la ejecución del proyecto.
La cuantía máxima para el desarrollo de PIIIL, resultante de multiplicar el número máximo de horas subvencionables del proyecto, por el número máximo de plazas, por el importe del coste unitario previsto en el apartado anterior, asciende a: ciento siete mil quinientos treinta y dos (107.532,00) euros.