Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo
ORDEN DE 19 DE MARZO DE 2020, POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS QUE DESARROLLEN ACCIONES DIRIGIDAS A PALIAR LOS EFECTOS DE LA ECONOMÍA SUMERGIDA EN CANARIAS, EN EL EJERCICIO 2020.
OBJETIVO:
Financiar proyectos que desarrollen acciones dirigidas a paliar los efectos de la economía sumergida en Canarias.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Las corporaciones de derecho público y las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro creadas para la defensa de los intereses económicos y sociales que les sean propios.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
1. Los proyectos a subvencionar deberán incluir alguna de las siguientes acciones:
- La creación y/o mantenimiento de un instrumento o herramienta para la recepción y canalización de denuncias de empleo irregular o puestos de trabajo no declarados y la presentación de las mismas ante los organismos competentes para su tramitación.
- La realización de campañas de sensibilización a la población en general, y/o a los colectivos específicos proclives a sufrir la economía sumergida y el empleo irregular, acerca de los efectos negativos de la economía sumergida y el empleo irregular.
- El desarrollo de acciones formativas sobre las repercusiones de la economía sumergida y el empleo irregular.
- El asesoramiento y actuación en los casos de economía sumergida y empleo irregular.
2. Los proyectos que se presenten han de definir los siguientes extremos:
- Antecedentes y justificación de la necesidad de realizar la acción.
- Objetivos a alcanzar, detallando el contenido de la acción y su metodología.
- Materiales de apoyo.
- Fases en el desarrollo de la acción.
- Destinatarios.
- Resultados esperados.
- Evaluación de la acción.
- Dedicación de recursos.
- Retribución del personal que realiza la acción.
- Adquisición de material de apoyo.
- Gastos directamente relacionados con la ejecución de la acción.
- Otros costes generados en el desarrollo del proyecto.
- Determinación del personal que desarrollará las acciones.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
A) Las retribuciones del personal que realiza la acción. Se podrá imputar hasta el 25% de las retribuciones totales de la partida de personal: personal administrativo, de coordinación, dirección o supervisión del proyecto, aunque recaiga en varias personas. Se considerarán incluidos en esta partida tanto los gastos salariales como extrasalariales que constituyan los emolumentos percibidos por el trabajador.
B) Los que se relacionan a continuación:
- Los gastos de adquisición de los materiales de apoyo relacionados directamente con la ejecución del proyecto.
- Los gastos de difusión y publicidad del proyecto, trípticos, mailing, gastos de traducción, gastos de reproducción de aquellos materiales que sean un producto final de la operación y gasto de tratamiento informático de datos.
- La contratación de profesionales relacionados directamente con la ejecución del proyecto.
C) Otros costes generados en el desarrollo del proyecto. Se podrá incluir hasta un máximo del 5 por ciento de la suma de los apartados anteriores como costes indirectos.
3. Cuando se precise la contratación de personal para desarrollar la actividad subvencionada, este será contratado entre demandantes de empleo inscritos como desempleados en el Servicio Canario de Empleo, con al menos seis meses de antigüedad a la fecha efectiva de la contratación, excepto que se trate de personas dentro del ámbito de aplicación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el que no se exigirá el requisito ni de inscripción ni de período de permanencia como tal, cuando se contraten con cargo a dicho programa.
El periodo mínimo de antigüedad como demandante de empleo establecido en el párrafo anterior se computará, no desde la fecha de contratación, sino desde la fecha de incorporación del desempleado, como beneficiario, en el respectivo programa de subvenciones.
FINANCIACIÓN:
Solamente podrá ser objeto de subvención, un proyecto de los presentados por cada una de las entidades u organizaciones solicitantes. Cada proyecto será subvencionado con una cantidad máxima de veinticuatro mil (24.000,00) euros y con un mínimo de diez mil (10.000,00) euros.