Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS EN EL ÁMBITO DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL, PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA SOCIEDAD Y LA ECONOMÍA, EN EL MARCO DE LA AGENDA ESPAÑA DIGITAL 2025 Y LA ESTRATEGIA NACIONAL DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL, Y SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA FINANCIAR PROYECTOS DEL PROGRAMA MISIONES DE I+D EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL 2021, EN EL MARCO DE LA AGENDA ESPAÑA DIGITAL 2025 Y DE LA ESTRATEGIA NACIONAL DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL
OBJETIVO:
proyectos de investigación industrial y proyectos de desarrollo experimental en materia de inteligencia artificial, para la transformación digital de la sociedad y la economía, según se definen en los anexos I y II de estas bases reguladoras, en el marco de la Agenda España Digital 2025 y en la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, en adelante ENIA.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
– Empresas.
– Organismos de investigación y difusión del conocimiento.
– Asociaciones empresariales.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
La finalidad de los proyectos a los que se dirige esta orden de bases debe ser el tránsito hacia una economía del dato, garantizando la seguridad y privacidad y aprovechando las oportunidades que ofrece la inteligencia artificial, mediante medidas como el impulso de la inteligencia artificial como motor de innovación y crecimiento económico social, inclusivo y sostenible y el fortalecimiento de la competitividad a través de las actividades de I+D en el conjunto de las tecnologías vinculadas a la IA.
Se considerará plazo de ejecución del proyecto al periodo comprendido entre la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y el 31 de diciembre del último año de ejecución del proyecto, salvo las prórrogas contempladas en el artículo 37.1. de la presente orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas. Las ayudas que se convocan mediante la presente resolución podrán solicitarse para proyectos cuya ejecución se extienda hasta 31 de diciembre de 2024, siempre que parte del proyecto se realice en el año 2021.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a) Gastos de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
b) Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto. Únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
d) Gastos generales directamente derivados del proyecto.
e) Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
FINANCIACIÓN:
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
La presentación de la documentación exigida se realizará a través de la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (https://sede.mineco.gob.es)
El plazo para la presentación de solicitudes será de 27 días hábiles a contar a partir del mismo día de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado»: 3 de agosto 2021.