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PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN EN EMPRESAS DEL SECTOR TURÍSTICO

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo


ORDEN ICT/1519/2021, DE 30 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN DE "ÚLTIMA MILLA" EN EMPRESAS DEL SECTOR TURÍSTICO Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

EXTRACTO DE LA ORDEN ICT/1519/2021, DE 30 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE AYUDAS PARA PROYECTOS DE DIGITALIZACIÓN DE «ÚLTIMA MILLA» EN EMPRESAS DEL SECTOR TURÍSTICO Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

OBJETIVO:


proyectos de digitalización de «última milla» a agrupaciones de entidades cuya actividad, bien sea directa o verticalizada, esté orientada al sector turístico en general o a cualquiera de sus subsectores productivos

se pretende movilizar aquellos proyectos singulares y transformadores que cubran procesos y productos fácilmente escalables y replicables con una clara orientación al usuario final y que contengan, entre otros, mejoras en la digitalización e inteligencia aplicados a la gestión, promoción, puesta en valor y difusión para destinos y sector turístico

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Las empresas del sector turístico

b) Empresas cuya actividad les permita constituirse en socios tecnológicos y con experiencia demostrable en el ámbito turístico.

c) Podrán ser beneficiarias en los términos que establezcan las correspondientes convocatorias y siempre que cumplan con los requisitos exigidos, las asociaciones profesionales y empresariales, incluyendo federaciones, confederaciones y uniones de éstas, legalmente constituidas y dadas de alta en el Registro Correspondiente de Asociaciones y cuyo objeto social y actividad tenga relación directa con el sector turístico.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


a) Línea 1: Proyectos de desarrollo tecnológico innovadores que incorporarán tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo con riesgo tecnológico medio/bajo .

el presupuesto mínimo del proyecto será de 500.000 euros y el presupuesto máximo será de 5.000.000 de euros

os proyectos tendrán una ejecución máxima de 18 meses.

b) Línea 2: Proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías que incorporarán tecnologías testadas previamente en el mercado con riesgo tecnológico bajo.

el presupuesto mínimo del proyecto será de 300.000 euros y el presupuesto máximo será de 750.000 euros.

los proyectos tendrán una ejecución máxima de 12 meses

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Gastos de personal técnico directamente involucrado en la ejecución de las actuaciones o proyectos, con vinculación laboral con los beneficiarios e incluido en los grupos de cotización a la Seguridad Social del 1.º al 3.º

b) Los costes de instrumental y material inventariable en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto. En caso de que estos no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán financiables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.

c) Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.

d) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado.

e) Se permite imputar como gasto subvencionable los gastos asociados a los informes de auditoría externa exigidos.

La subcontratación no podrá superar el 30 % del importe de la actividad subvencionable de cada beneficiario individual.

FINANCIACIÓN:


La intensidad máxima de las ayudas será de hasta el 50% del presupuesto total del proyecto, en el caso de PYMEs.

No obstante, en aquellos supuestos en que participen grandes empresas, la intensidad máxima será del 15 %. Las ayudas a grandes empresas únicamente serán compatibles con el mercado interior si colaboran de manera efectiva con PYME en la actividad objeto de ayuda y si las PYME con las que colaboran corren con un mínimo del 30 % de los costes subvencionables.

La intensidad de la ayuda deberá computarse a nivel de cada empresa beneficiaria, sin perjuicio de que forme parte de una agrupación.

La cuantía de la subvención que se conceda dependerá de la línea de la subvención: Para los proyectos de Linea 1 el presupuesto mínimo del proyecto será de 500.000 euros y el presupuesto máximo será de 5.000.000 de euros, y para los proyectos de Linea 2 será de un mínimo de 300.000 euros y el presupuesto máximo será de 750.000 euros. Con un total previsto de 25.000.000 euros distribuidos en 20.000.000 euros para proyectos de línea 1 y 5.000.000 euros para proyectos de línea 2.