Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE
SUBVENCIONES A PROYECTOS A LA INTEGRACIÓN SOCIAL, CULTURAL Y ECONÓMICA DE
LOS PUERTOS GESTIONADOS POR LA AUTORIDAD PORTUARIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
Y LAS POBLACIONES EN LAS QUE SE ALBERGAN.
OBJETIVO:
promoción
de iniciativas que fomenten la integración de los puertos gestionados por la
Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife en el entorno social de la isla en la
que se ubiquen, además de atender a las empresas, personas físicas o jurídicas, y
colectivos constituidos en asociación o fundación sin ánimo de lucro de la zona que
trabajan en beneficio de la sociedad y que solicitan las ayudas para proyectos
sociales, de fomento del empleo y el autoempleo vinculado al puerto, de
participación ciudadana, de igualdad de género, culturales, benéficos, deportivos,
educativos y/o de apoyo a los sectores de nuestra sociedad menos favorecidos.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
cualquier empresa, personas físicas
o jurídicas, asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro que trabajen en beneficio
de la sociedad
administraciones públicas de carácter local o insular de
la provincia de Santa Cruz de Tenerife
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
proyectos sociales, de fomento del
empleo y el autoempleo vinculado al puerto, de participación ciudadana, de igualdad
de género, culturales, benéficos, deportivos o que fomenten la integración de los
puertos gestionados por la Autoridad Portuaria con las ciudades y poblaciones que
los acogen y que presenten un programa con la relación detallada del proyecto a
desarrollar, indicándose la forma y los medios necesarios para llevarlo a cabo.
Asimismo, los proyectos que se presenten se comprometerán a tener en cuenta la
política de Responsabilidad Social Corporativa de la Autoridad Portuaria de Santa
Cruz de Tenerife disponible en la web www.puertosdetenerife.org.
En todo caso, debe quedar acreditada la existencia de una vinculación del objeto de
la subvención con la actividad portuaria.
FINANCIACIÓN:
La cuantía de las subvenciones queda condicionada, en todo caso, a una
cantidad que se ajustará cada año según la cantidad consignada en el
apartado de Otros Gastos en el Presupuesto Anual de la Autoridad Portuaria
de Santa Cruz de Tenerife aprobado por el Consejo de Administración.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
La forma de materializar las solicitudes de subvención se establece en la página web
de la Autoridad Portuaria (www.puertosdetenerife.org), donde se encuentra el
formulario que deberán cumplimentar las empresas, personas físicas o jurídicas,
asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro así como las administraciones
públicas de carácter local o insular de la provincia de Santa Cruz de Tenerife que
deseen solicitar una subvención.
La solicitud, así como la documentación que le deba acompañar, deberá ir dirigida a
la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, y ser presentada
preferentemente a través de la sede electrónica
https://sede.puertosdetenerife.gob.es/sede/ o en su defecto ante el Registro
General de la APTF situado en la Planta Baja del Edificio ubicado en Avda. Francisco
La Roche, 49, 38001, Santa Cruz de Tenerife, o bien mediante cualquier medio válido
ante la Administración.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día indicado en la página web de
la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife: www.puertosdetenerife.org.
Plazo de presentación de los proyectos: del 24 de abril al 24 de mayo de 2023
La convocatoria anual de las ayudas y las bases reguladoras de la presente se
publicará en el Portal del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BDNS)
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index y un extracto de la
misma deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia
CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA LA CONCESIÓN DE LAS SUBVENCIONES
El ámbito territorial de la empresa, persona física o jurídica, asociación o
fundación será el de las islas que integran la provincia de Santa Cruz de
Tenerife, valorándose la sede en algún municipio de la provincia, primándose
las entidades de carácter insular o provincial sobre las de ámbito local. Este
apartado se valorará con un máximo de 20 puntos, según la siguiente
distribución:
o Entidad que englobe a más de un municipio de la provincia de Santa
Cruz de Tenerife: 20 puntos.
o Entidad que englobe a un solo municipio de la provincia de Santa
Cruz de Tenerife: 10 puntos.
Se priorizarán los proyectos destinados a un mayor número de personas, que
se valorarán con un máximo de 40 puntos, de acuerdo con la siguiente
distribución:
o Hasta 25 personas: 20 puntos.
o De 25 a 200 personas: 30 puntos.
o Más de 200 personas: 40 puntos.
Colaboración entre empresas, personas físicas o jurídicas, asociaciones o
fundaciones. Se valorará la colaboración con otras entidades, en todo aquello
que sea objeto del proyecto presentado, con una puntuación máxima de 10
puntos.
Innovación del proyecto. Aquellos proyectos que contengan características
innovadoras (innovación social, creatividad en su desarrollo, novedad en su
aplicación) debidamente justificadas se primarán multiplicando el resultado
obtenido en la evaluación por un coeficiente de hasta 1,20.
Enfoque de género. Se valorará con un máximo de 5 puntos aquellos
proyectos que contengan acciones que coadyuven al establecimiento de
políticas eficaces en materia de igualdad de género
ENLACES DE INTERÉS:
NUEVAS BASES REGULADORAS
ENLACE A LA AUTORIDAD PORTUARIA
BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES