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PROYECTO ICEX VIVES

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo


EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 15 DE DICIEMBRE DE 2022 DE ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES, E.P.E. POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL "PROYECTO ICEX VIVES" DE ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES, E.P.E., EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.

OBJETIVO:


La finalidad última del Proyecto ICEX Vives es incrementar el número de profesionales con formación y capacitación en internacionalización contribuyendo así a la mejora de la competitividad y productividad de las empresas españolas internacionalizadas.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


personas físicas con nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea con residencia en España, a fin de realizar prácticas no laborales en filiales o establecimientos en el extranjero facilitadas por las empresas españolas en el seno del Proyecto ICEX Vives en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y que reúnan los siguientes requisitos:

a. Estar en posesión de la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y ser residentes en España.

b. Edad: 18-30 años en el momento de la solicitud de la ayuda.

c. Estar en posesión de una titulación universitaria de grado y/o de máster, o de formación profesional media o superior.

d. No incurrir en los supuestos de prohibición del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e. No haber disfrutado de otras ayudas para la misma finalidad de otros programas de becas de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.

f. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las actividades que constituyen el objeto de la subvención en el país de destino.

g. No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, ni con ICEX, y en particular, no tener pendientes obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los créditos específicamente consignados para la gestión de estos fondos en los Presupuestos Generales del Estado.

h. Aceptar la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

i. No tener antecedentes penales ni condena en firme.

j. No haber tenido ningún vínculo laboral previo con la empresa en la que se realizará la práctica formativa.

k. Haber aceptado una oferta de prácticas formativas no laborales de una empresa participante en el Proyecto ICEX Vives.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Las prácticas formativas en empresas o entidades tendrán una duración entre 6 y 12 meses, concretándose la duración de las mismas en la correspondiente resolución de concesión. Las prácticas se desarrollarán fuera de España, en la sede facilitada por la empresa o entidad participante. En todo caso, deberán estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2024.

No obstante, y con el fin de mejorar el aprovechamiento de la práctica formativa en destino, la empresa o entidad de acogida puede ofrecer un período de formación en una sede en España, que no será mayor de 90 días por cada 12 meses de duración de la práctica formativa, sin perjuicio de aquellas excepciones que se puedan establecer en las convocatorias o sean requeridas por las autoridades locales para la obtención o renovación de los permisos de entrada en el país de destino.

FINANCIACIÓN:


Las dotaciones brutas individuales anuales por beneficiario, reflejadas en el cuadro recogido en la convocatoria, son una estimación a modo de referencia sujeta a eventuales alteraciones y actualizaciones en el futuro, y dependerán de la Oficina de destino, abarcando desde los 21.700 euros hasta los 50.000 euros.

El importe máximo por estancia por persona beneficiaria está calculado para afrontar los gastos de instalación, alojamiento y manutención durante el periodo de las prácticas. De conformidad con el artículo 17.3.f) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, los criterios para la determinación de las dotaciones estarán calculados cada año en función del nivel de vida de los países y ciudades de destino, y de los costes de transporte, obtención de visados y otros costes asociados al acceso al destino que se estimen, los cuales deberán ser sufragados por el beneficiario con la referida dotación. Dicha dotación deberá procurarles unas condiciones dignas de vida y de dedicación al Proyecto ICEX Vives.