Omitir los comandos de cinta Saltar al contenido principal

PROMOCIÓN DEL ARTE CONTEMPORÁNEO ESPAÑOL 2022

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio de Cultura y Deportes


EXTRACTO DE LA ORDEN DE 5 DE JULIO DE 2022, DEL MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DEL ARTE CONTEMPORÁNEO ESPAÑOL, CORRESPONDIENTES A 2022.

OBJETIVO:


ayudas destinadas a la promoción del arte contemporáneo español mediante el apoyo a los artistas y galerías, con el objetivo de impulsar la creación, investigación y producción, promoviendo la presencia y visibilidad de obras de artistas españoles, las prácticas empresariales y el desarrollo del sector de las artes visuales en su conjunto.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Podrán beneficiarse de estas ayudas aquellos profesionales, que estén inscritos en el Régimen Especial de trabajadores autónomos o sean empresas privadas con residencia fiscal en España que realicen las actividades a la que se refiere el apartado Primero.2 y cumplan los requisitos establecidos en la presente Orden y en la normativa vigente en materia de subvenciones.

Podrán concurrir a esta convocatoria de ayudas aquellos artistas visuales inscritos en el Régimen Especial de trabajadores autónomos o empresas privadas con residencia fiscal en España que realicen las actividades a la que se refiere el apartado Primero.2 y cumplan los requisitos establecidos en la presente Orden y en la normativa vigente en materia de subvenciones.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


- Creación y producción artística: realización de proyectos de creación, investigación y producción de artistas españoles.

- Programación anual en galerías: realización de proyectos expositivos como parte de la programación anual de exposiciones en los espacios propios de las galerías de arte contemporáneo. Por programación anual de la galería se entenderá todas aquellas exposiciones que hayan estado abiertas al público entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, independientemente de que sus fechas de inauguración y clausura se hubieran realizado en otra anualidad.

- Proyectos de investigación cultural: realización de proyectos de investigación en educación y mediación cultural, proyectos de comisariado, así como las publicaciones derivadas de estos proyectos.

Los conceptos mencionados son incompatibles entre sí, por lo que cada solicitante sólo podrá solicitar ayuda para uno de ellos

La actividad subvencionable deberá llevarse a cabo, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2022.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios, se realicen y se facturen entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, de conformidad con lo señalado en el punto primero, apartado tres de la presente convocatoria.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado a más tardar el 31 de marzo de 2023.