Fundación Biodiversidad
ORDEN TED/1016/2021, DE 20 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD, F.S.P., PARA APOYO A PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE GESTIÓN DE LA BIODIVERSIDAD, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021
OBJETIVO:
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de proyectos de investigación que promuevan la aplicación del conocimiento científico para la toma de decisiones en la planificación y gestión de la biodiversidad para el año 2021:
a) Transición energética y biodiversidad terrestre y marina.
b) Biodiversidad marina y espacios marinos protegidos.
c) Corredores biológicos e infraestructura verde.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.
b) Universidades públicas y sus institutos universitarios, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Centros Tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo de lucro de ámbito estatal, que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.
d) Otras personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que según sus estatutos o normativa que los regule realicen actividades de I+D+i o generen conocimiento científico o tecnológico. Cuando estas entidades realicen actividades económicas y no económicas, las ayudas solo podrán ir dirigidas a estas últimas.
e) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. Las agrupaciones deberán estar conformadas por las entidades mencionadas en los apartados anteriores.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
a) Transición energética y biodiversidad terrestre y marina:
1.º Mejora del conocimiento que permita un desarrollo de las energías renovables compatible con la conservación de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos.
2.º Fomento de la investigación para la elaboración de directrices y criterios de planificación ambiental y para el desarrollo de buenas prácticas que favorezcan la biodiversidad en la implantación de energías renovables.
3.º Fomento del desarrollo de tecnologías, metodologías y procesos innovadores aplicables que minimicen los impactos de las energías renovable sobre el patrimonio natural y la biodiversidad terrestre y marina.
4.º Mejora del conocimiento para el desarrollo de planes o sistemas de seguimiento de la incidencia de las energías renovables sobre la biodiversidad terrestre y marina y los servicios ecosistémicos.
b) Biodiversidad marina y espacios marinos protegidos:
1.º Mejora del conocimiento para la propuesta y designación de nuevos espacios protegidos marinos o para la ampliación de los existentes.
2.º Mejora del conocimiento para la designación potencial de áreas con protección estricta.
3.º Fomento de la investigación y la innovación para la gestión de espacios protegidos marinos basada en la ciencia.
4.º Mejora del conocimiento para el desarrollo de estrategias de conservación de especies y hábitats marinos.
c) Corredores biológicos e infraestructura verde:
1.º Mejora del conocimiento sobre los elementos, y sus interrelaciones, susceptibles de formar parte de la infraestructura verde, conforme a la Guía metodológica para la identificación de la infraestructura verde de España.
2.º Fomento de soluciones basadas en la naturaleza beneficiosas para la biodiversidad y del desarrollo de tecnologías en el contexto de la infraestructura verde.
3.º Promoción de la investigación y mejora del conocimiento sobre restauración ecológica y su relación con la conservación de la biodiversidad en el contexto de cambio global y provisión de servicios de los ecosistemas.
4.º Promoción de la investigación y mejora del conocimiento sobre conectividad ecológica y su relación con la conservación de la biodiversidad, así como sobre corredores ecológicos que preserven la biodiversidad y favorezcan la migración, dispersión e interrelación de poblaciones de flora y fauna silvestres.
5.º Desarrollo de cartografías multicapa y multicriterio de infraestructura verde, que ayuden a la valoración de impactos y generación de alternativas para los proyectos de transformación del paisaje o de los bienes y servicios ecosistémicos.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Como regla general, el Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia solo financiará gastos no recurrentes que supongan un cambio estructural y tengan un impacto duradero sobre la resiliencia económica y social, la sostenibilidad, la competitividad a largo plazo y el empleo.
La financiación podrá aplicarse a:
costes de personal
costes de viajes y manutención
costes de asistencias externas
costes de material inventariable
costes de material fungible
Serán considerados como costes indirectos aquellos que, no estando directamente vinculados con el objeto de la ayuda, sean necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad beneficiaria. Estos se justificarán mediante tanto alzado sobre los gastos directos, hasta un máximo de 4%. La justificación de estos gastos consistirá en una certificación firmada por el representante legal o persona que cuente con los poderes de representación para ello.
Serán considerados como costes indirectos los gastos relativos al suministro de agua, electricidad, seguridad, gestoría, calefacción y limpieza, correo, telefonía e internet, material y suministros de oficina y gastos de alquiler de locales o sede social de la entidad, así como otras contrataciones o servicios que, no estando directamente vinculados con el objeto de la ayuda, sean necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad beneficiaria.
También podrá ser financiable el gasto derivado de la revisión de cuenta justificativa por el auditor, en caso de que lo haya, hasta un límite de un 5% de la ayuda concedida.
En caso de que sea necesario, por las características de la actividad objeto de la ayuda, la entidad beneficiaria podrá realizar subcontrataciones siempre que el porcentaje subcontratado no exceda del 50% del importe total del proyecto.
FINANCIACIÓN:
El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 400.000,00 €.
El importe máximo de la ayuda concedida no podrá superar el 95% del total del presupuesto del proyecto presentado.
Las entidades beneficiarias podrán solicitar un anticipo de la ayuda cuyo porcentaje será de hasta un máximo del 60%.