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PROGRAMAS-Y-PROYECTOS-DE-INVESTIGACIÓN-EN-MATERIA-DE-GESTIÓN-DE-LA-BIODIVERSIDAD 2022

InformaciónTramitaciónNormativa

Fundación Biodiversidad


EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN 15 DE JULIO DE 2022 DE LA DIRECCIÓN DE LA FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD, F.S.P., POR LA QUE SE APRUEBA LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD, F.S.P., PARA APOYO A PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE GESTIÓN DE LA BIODIVERSIDAD, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA CORRESPONDIENTE- FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA - NEXTGENERATIONEU PARA EL AÑO 2022

OBJETIVO:


financiación de proyectos de investigación que promuevan la aplicación del conocimiento científico para la toma de decisiones en la planificación y gestión de la biodiversidad para el año 2022 en las siguientes líneas:

a) Transición energética y biodiversidad terrestre y marina.

b) Biodiversidad marina y espacios marinos protegidos.

c) Fortalecimiento de la infraestructura verde, la conectividad y la restauración ecológica.

d) Desertificación, degradación y restauración de tierras.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


a) Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, sin ánimo de lucro.

b) Universidades públicas y sus institutos universitarios, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

c) Centros Tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo de lucro de ámbito estatal, que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.

d) Otras personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que según sus estatutos o normativa que los regule (a fecha de finalización del plazo de solicitudes) realicen actividades de I+D+i o generen conocimiento científico o tecnológico. Cuando estas entidades realicen actividades económicas y no económicas, las ayudas solo podrán ir dirigidas a estas últimas.

2. Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención. Las agrupaciones deberán estar conformadas por las entidades mencionadas en los apartados anteriores. Las agrupaciones podrán estar conformadas por un máximo de 4 entidades.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Gastos de personal

Costes de viajes y manutención

Asistencias externas

Material inventariable

Costes de material fungible

Costes indirectos: 4% máximo de los costes directos

FINANCIACIÓN:


La cuantía de las ayudas se determinará de la siguiente forma: la puntuación total de los proyectos obtenida tras su evaluación determinará el orden de prelación de las solicitudes. De acuerdo a este orden, de forma descendente, se irá otorgando el importe solicitado por cada proyecto hasta agotar el importe total que especifique la convocatoria. El comité de evaluación podrá solicitar la reformulación de alguna de las acciones incluidas en la propuesta, lo que podría reducir el importe a conceder.

El importe máximo a conceder por cada solicitud de ayuda será de hasta 300.000,00 euros.