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PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD TURÍSTICA 2022

InformaciónTramitaciónNormativa

CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE SANTA CRUZ DE TENERIFE


CONVOCATORIA COMPETITIVIDAD TURÍSTICA 2022 PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO A LA MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR TURÍSTICO, ASÍ COMO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

OBJETIVO:


El Programa de Competitividad Turística tiene como objetivo principal contribuir a la mejora competitiva del sector turístico.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


El Programa de Competitividad Turística está dirigido a autónomos o, microempresas, pequeñas o medianas empresas (según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014) pertenecientes a los siguientes sectores según su registro en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE):

IAE Sección primera:

Epígrafe 67: servicios de alimentación

Epígrafe 68: servicios de hospedaje

Epígrafe 72: otros transportes terrestres

Epígrafe 73: transporte marítimo

Epígrafe 755: agencias de viaje

Epígrafe 98: Parques de recreo, ferias y otros servicios relacionados con el espectáculo. Organización de congresos. Parques o recintos feriales.

Epígrafe: 965: espectáculos

Epígrafe: 966.2: parques zoológicos, jardines botánicos y similares

Epígrafe: 967: instalaciones deportivas (exclusivamente campos de golf y centros de alto rendimiento para la captación de deportistas extranjeros)

IAE Sección segunda:

Epígrafe 52: técnicos en hostelería

Epígrafe 59: Otros profesionales relacionados con el comercio y la hostelería.

Epígrafe 882: guías de turismo

Epígrafe 883: guías intérpretes de turismo

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Fase I: Diagnóstico de Competitividad Turística

Se realiza un diagnóstico individualizado a las empresas turísticas sobre diferentes aspectos y sus posibilidades de mejora, mediante el estudio de su cadena de valor, que permite conocer la situación del nivel de competitividad de la empresa en su entorno económico y de mercado.

En base a la identificación de dichos aspectos estratégicos, se realiza una propuesta de proyectos de innovación y/o soluciones TIC, así como un informe de recomendaciones sobre materias prioritarias para la empresa relacionadas con innovación, TIC y medioambiente.

El programa se apoya en una herramienta informática para la generación de los entregables a las empresas beneficiarias y las solicitudes de ofertas a los proveedores de implantación.

Fase II: Implantación

A esta fase podrán acceder las empresas que hayan realizado previamente la fase I del programa y aquellas que acrediten haber participado en el último año en un programa similar de asesoramiento en la incorporación de la innovación y las TIC en las pymes turísticas, de organismos de Promoción del sector turístico de las comunidades autónomas, de organismos públicos regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria.

Para esta fase, la empresa decidirá con qué proveedor desea realizar cada uno de los proyectos que quiera llevar a cabo.

La empresa recibirá una subvención de 7.000 euros para la puesta en marcha de las acciones identificadas a ejecutar. La empresa prefinanciará las actividades y podrá solicitar el reembolso del 85% del importe ejecutado. La empresa asumirá el 15% restante del gasto.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Todos los gastos/inversiones deberán iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención (documento de participación en Fase II, y contar siempre con el visto bueno de la Cámara de Comercio, que supervisará que en todo caso se trate de precios de mercado. Igualmente, deberán estar efectivamente finalizados y pagados antes de la fecha que se indique en el convenio DECA Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda) firmado con la Cámara de Comercio.

En cuanto al régimen de los gastos subvencionables se estará a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en virtud del cual cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público para el contrato menor, el beneficiario habrá de solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.

FINANCIACIÓN:


El porcentaje máximo de ayuda la a percibir por cada empresa será del 85% de la inversión realizada sobre un coste máximo elegible de 7.000 €, por lo que la cuantía máxima de la ayuda será de 5.950 euros