Comisión Europea
PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE EMPRESAS Y PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
LLAMADA
CO-FINANCIAMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE INNOVATION CONSORTIA (COS-PPI-2020-2-04)
OBJETIVO:
Esta acción tiene como objetivo impulsar la compra de soluciones innovadoras en la Unión y la difusión de buenas prácticas de contratación con un número creciente de compradores. La difusión de información sobre cómo procurar la innovación o las lecciones aprendidas en el proceso fue muy amplia. Los requisitos clave de la convocatoria que permitan este logro deberían ser la creación de un sitio web específico y la participación en foros específicos de compradores públicos.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Cualquiera de los siguientes solicitantes puede presentar propuestas:
organizaciones sin fines de lucro (privadas o públicas);
autoridades públicas (nacionales, regionales, locales);
universidades o instituciones educativas24;
centros de investigación;
entidades lucrativas;
Las personas físicas no son elegibles.
Para ser elegible, una propuesta debe ser presentada por un consorcio compuesto por al menos dos
compradores (como se define en la sección 1.2) de dos países elegibles diferentes (como se define en la sección 6.1.).
Los compradores públicos actuarán como Autoridades Contratantes de los procedimientos de contratación iniciados y
finalizado en el marco de los proyectos financiados en virtud de esta convocatoria de propuestas.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Para continuar desarrollando consorcios de contratación pública de innovación (PPI) y aumentar el impacto de acciones anteriores, se propone continuar el programa de cofinanciamiento bajo COSME iniciado en 2018 para consorcios de compradores públicos.
Las pymes ya representan alrededor del 55% del gasto en contratación pública. Sin embargo, esta proporción puede incrementarse significativamente si los compradores públicos toman medidas para facilitar el acceso de las PYME. Una de las áreas con mayor potencial es la contratación de innovación, donde las pymes disfrutan de una posición privilegiada como proveedores de innovación. La experiencia en el ámbito de los programas de cofinanciación anteriores muestra que es mucho más probable que las PYME participen como proveedores de innovación que como proveedores de productos y servicios convencionales.
Las acciones deberían durar normalmente de 3 a 4 años.
El cofinanciamiento cubriría las siguientes fases del PPI:
- Evaluación de sus necesidades por parte de compradores públicos;
- Creación de capacidad y coordinación entre compradores (por ejemplo, formación, intercambios de personal);
- Consulta de mercado (apoyando el proceso de diálogo con posibles contratistas para evaluar el estado de la técnica y las limitaciones tecnológicas para posibles soluciones innovadoras);
- Desarrollo de especificaciones (apoyo a las autoridades contratantes para articular sus necesidades de una manera que garantice la mejor respuesta de los posibles contratistas);
- Definición e implementación de los criterios de adjudicación;
- Cofinanciamiento de costos de compra;
- Comunicación al exterior sobre los logros de los proyectos.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
A. Gastos directos de personal
B. Costos directos de subcontratación (incluidos derechos, impuestos y cargas relacionados, como el impuesto al valor agregado (IVA) no deducible pagado por beneficiarios que no son organismos públicos que actúan como
autoridad) son elegibles si se cumplen las condiciones establecidas en el acuerdo de subvención.
C.Costos directos de la compra real de la (s) solución (es) innovadoras entendidas como el precio real
indicado en la oferta, excluyendo cualquier costo relacionado con la preparación e implementación del
procedimiento de licitación.
D. Otros costos directos
D.1 Gastos de viaje y dietas conexas (incluidos derechos, impuestos y cargas conexos,
como el impuesto al valor agregado (IVA) no deducible pagado por beneficiarios que no son organismos públicos que actúan
como autoridad pública) son elegibles si se ajustan a las prácticas habituales de viaje del beneficiario.
D.2 Los costos de depreciación de equipos, infraestructura u otros activos (nuevos o de segunda mano)
registrados en las cuentas del beneficiario son elegibles, si fueron comprados de acuerdo con el
condiciones establecidas en el acuerdo de subvención y canceladas de acuerdo con la contabilidad internacional
normas y prácticas contables habituales del beneficiario.
Los costos de alquiler o arrendamiento de equipos, infraestructura u otros activos (incluidas las obligaciones relacionadas,
impuestos y cargos, como el impuesto al valor agregado (IVA) no deducible que pagan los beneficiarios que no son
organismos públicos que actúen como autoridad pública) también son elegibles, si no exceden los costos de depreciación
de equipos, infraestructura o activos similares y no incluyen tarifas de financiamiento.
La única parte de los costes que se tendrá en cuenta es la que corresponde a la duración
de la acción y la tasa de uso real para los fines de la acción.
D.3 Costos de otros bienes y servicios (incluidos derechos, impuestos y cargas relacionados, como el impuesto al valor agregado (IVA) no deducible pagado por beneficiarios que no son organismos públicos que actúan como
autoridad) son elegibles, si se compran específicamente para la acción y de acuerdo con la
condiciones establecidas en el acuerdo de subvención.
Los costes indirectos son subvencionables si se declaran únicamente sobre la base del tipo fijo del 7% de los costes subvencionables.
costos directos de las categorías A y D. Costos de subcontratación (categoría B) y costos de compra
de las soluciones innovadoras (categoría C) se excluyen del cálculo de los costes indirectos.
FINANCIACIÓN:
Cuantía máxima por beneficiario: 750.000€
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA
FASE I Hasta el 19 de enero 2021, 17:00 horas (Bruselas)
FASE II Hasta el 8 de junio 2021, 17:00 horas (Bruselas)