Comisión Europea
«AYUDA PARA MEDIDAS DE INFORMACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN (PAC)» PARA 2017
OBJETIVO:
Generar confianza en la UE y entre todos los ciudadanos, agricultores y no agricultores por igual. La política agrícola común (PAC) es una política para todos los ciudadanos de la UE y los beneficios que esta les brinda deben demostrarse claramente. Las cuestiones y los mensajes claves deben ser plenamente coherentes con la obligación legal de la Comisión de llevar a cabo medidas de información sobre la PAC en el sentido del artículo 45 del Reglamento (UE) n.o 1306/2013.
Para el público en general, el objetivo es sensibilizar a la opinión pública sobre la importancia de la ayuda concedida por la UE a la agricultura y al desarrollo rural a través de la PAC.
Para las partes interesadas, el objetivo es colaborar con las mismas (principalmente agricultores y otras partes activas del mundo rural) con el fin de dar a conocer mejor la PAC en sus circunscripciones y con el público en general.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
El solicitante (y, en su caso, sus entidades afiliadas) será una entidad jurídica establecida en un Estado miembro de la UE.
Las entidades que no tengan personalidad jurídica con arreglo al Derecho nacional aplicable podrán ser solicitantes subvencionables, a condición de que sus representantes tengan capacidad para contraer obligaciones jurídicas en su nombre y ofrezcan garantías de protección de los intereses financieros de la Unión equivalentes a las ofrecidas por las personas jurídicas y aporten pruebas de que disponen de capacidad financiera y operativa equivalente a la de las personas jurídicas.
Los documentos justificativos deben entregarse junto con el formulario de solicitud.
Las personas físicas, así como las entidades creadas con el único fin de ejecutar una medida de información en el marco de la presente convocatoria de propuestas, no son solicitantes subvencionables.
Ejemplos de organizaciones subvencionables:
—organizaciones sin ánimo de lucro (privadas o públicas),
—autoridades públicas (nacionales, regionales o locales),
—asociaciones europeas,
—universidades,
—instituciones educativas,
—centros de investigación,
—empresas (por ejemplo, medios de comunicación).
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
La PAC es una política para todos los ciudadanos europeos e influye en sus vidas de muchas maneras. Las propuestas deben abarcar específicamente la contribución de la PAC en los siguientes aspectos:
—la mejora del empleo, del crecimiento y de la inversión en las zonas rurales y el mantenimiento de comunidades rurales viables en toda la UE;
—el cumplimiento del marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030, en particular en lo que atañe al potencial de la agricultura y de la silvicultura en lo tocante a las medidas de adaptación al cambio climático y de mitigación del mismo;
—la producción agrícola sostenible que satisfaga el doble requisito de garantizar la seguridad alimentaria y la protección del medio ambiente rural, en particular en lo que se refiere a la cantidad y calidad del agua;
—garantizar una remuneración justa a los agricultores procedente de la cadena agroalimentaria para mantener la viabilidad de la producción agrícola europea y el futuro del modelo agrícola familiar.
PÚBLICO DESTINATARIO
—escolares, profesores y estudiantes universitarios: deben utilizarse enfoques novedosos para interactuar con los jóvenes y aumentar su concienciación sobre la PAC y la contribución que esta aporta en numerosos ámbitos como, por ejemplo, el desafío del cambio climático, la alimentación, las dietas saludables y de alta calidad como elección de un estilo de vida, en relación también con el nuevo régimen de la UE de distribución de leche, frutas y hortalizas en las escuelas que entrará en vigor a partir del 1 de agosto de 2017;
—público en general: la información sobre la PAC hará hincapié sobre todo en las percepciones, a veces erróneas, de la agricultura europea y del papel de la agricultura en la sociedad, en lugar del contenido político. También debe existir una mayor comprensión de la enorme contribución que el sector agroalimentario de la UE aporta al conjunto de la economía de la UE;
—partes interesadas: debe garantizarse que exista un mayor conocimiento de la contribución que hace la PAC al impulso del crecimiento económico de las zonas rurales, en particular de las pyme. Debe recalcarse la contribución aportada gracias a los programas de desarrollo rural, a través de los cuales la UE va a invertir casi 100 000 millones EUR en el período 2014-2020 para el desarrollo de zonas rurales europeas. También debe destacarse el apoyo prestado a las prácticas de producción sostenibles y a otras medidas que ayudarán a mitigar el cambio climático y adaptarse a él.
Período de ejecución indicativo de las medidas de información: 1 de mayo de 2017 – 30 de abril de 2018.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Costes directos subvencionables
Los costes directos subvencionables de la medida de información son aquellos que, en cumplimiento de las condiciones de subvencionabilidad establecidas anteriormente, pueden identificarse como costes específicos relacionados directamente con la realización de la medida de información, a la que pueden imputarse directamente en la contabilidad, tales como:
—los costes del personal que trabaje en el marco de un contrato de trabajo con el solicitante o un acto jurídico equivalente asignado a la medida de información, incluidos los salarios reales y las cotizaciones a la seguridad social y otros costes legales incluidos en la remuneración, a condición de que dichos costes estén en consonancia con la política habitual del solicitante sobre remuneraciones; los costes podrán asimismo incluir remuneraciones adicionales, como pagos sobre la base de contratos complementarios con independencia de la naturaleza de dichos contratos, siempre que se paguen de manera coherente cuando se trate del mismo tipo de trabajo o conocimientos especializados, con independencia de la fuente de financiación utilizada; los costes del personal de las administraciones nacionales también son subvencionables en la medida en que se deriven de actividades que la autoridad pública en cuestión no habría realizado de no haberse llevado a cabo el proyecto;
—los costes de viaje (para reuniones, incluidas las reuniones previas, si procede, conferencias, etc.), a condición de que dichos gastos estén en consonancia con las prácticas habituales del beneficiario en materia de viajes;
—los costes derivados de contratos de ejecución firmados por el beneficiario a efectos de la ejecución de la medida de información, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el convenio de subvención;
—los costes derivados directamente de las exigencias que plantea la ejecución de la medida de información (difusión de información, evaluación específica de la medida de información, traducciones, reproducciones);
—el IVA correspondiente a los costes directos subvencionables, cuando el beneficiario no pueda recuperarlo/deducirlo.
Costes indirectos subvencionables (gastos generales)
Será subvencionable, en concepto de costes indirectos, un importe fijo correspondiente al 7 % del total de los costes directos subvencionables de la medida de información, que representa los gastos administrativos generales del beneficiario considerados imputables a la medida de información.
Los costes indirectos no podrán incluir costes contabilizados en otra partida presupuestaria.
FINANCIACIÓN:
La financiación revestirá la forma de una financiación mixta compuesta por:
—un reembolso del 60 % de los costes subvencionables realmente contraídos;
—una contribución fija correspondiente al 7 % de los costes directos subvencionables para cubrir los costes indirectos, que representa los gastos administrativos generales del beneficiario que pueden considerarse imputables a la medida de información.
En el caso de las organizaciones que reciban una subvención de funcionamiento para el período de ejecución de la medida de información, los costes indirectos no son subvencionables.
Lo mismo se aplica a los costes de personal ya cubiertos por una subvención de funcionamiento.
Importe de la subvención
El importe de la subvención (incluida la cantidad fija para costes indirectos) oscilará entre un mínimo de 70 000 EUR y un máximo de 500 000 EUR.