Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda
CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PÚBLICAS DE EJECUCIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN DIRIGIDOS PRIORITARIAMENTE A TRABAJADORES OCUPADOS.
OBJETIVO:
Desarrollo de la formación de oferta que tiene por finalidad ofrecer a los trabajadores, tanto ocupados como desempleados, una formación ajustada a las necesidades del mercado de trabajo que atienda a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de los trabajadores. Asimismo, se dirige a proporcionar a los trabajadores una formación que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y el acceso al empleo, promoviendo la realización de itinerarios integrados de formación para la inserción profesional y favoreciendo que los trabajadores puedan optar a un reconocimiento efectivo de la formación que reciban.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Entidades de formación que reúnan las siguientes condiciones:
a) Estar inscritas y/o acreditadas en el Registro de Entidades de Formación Profesional para el Empleo en la especialidad o especialidades por las que concurran.
b) Figurar en situación de alta de tercero en el Sistema Económico Financiero y Logístico de Canarias (SEFLogIC) y no estar incursas en ninguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiaria.
c) Contar con una plantilla media de al menos dos personas que figuren de alta en el sistema de Seguridad Social de manera ininterrumpida, durante los últimos 12 meses anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
1. Las acciones formativas a que se refiere la presente convocatoria se integrarán en planes de
formación dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas y que serán de alguno de los
siguientes tipos:
a)Planes de Formación Transversales integrados por acciones formativas dirigidas al
aprendizaje de competencias transversales a varios sectores de la actividad económica o
de competencias específicas de un sector, que figuren, en el catálogo de certificados de
profesionalidad, como transversales y en el catálogo de especialidades formativas
transversales dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados publicados en la página
web del SCE, incluida la formación dirigida a la capacitación para la realización de
funciones propias de la representación legal de las personas trabajadoras.
b)Planes de Formación Sectoriales integrados por acciones formativas dirigidas a la formación
de personas trabajadoras de un sector productivo concreto, con el fin de desarrollar
acciones formativas de interés general para dicho sector y satisfacer necesidades
específicas de formación del mismo, que figuren, en el catálogo de certificados de
profesionalidad, adscritas al ámbito sectorial del plan de formación solicitado y en el
catálogo de especialidades formativas sectoriales dirigidas prioritariamente a trabajadores
ocupados de cada uno de los sectores que integran el ámbito sectorial, publicados en la
página web del SCE.
c)Se considera Plan de Formación, a aquel que tenga más de una acción formativa. Las
solicitudes que no cumplan con este requisito serán excluidas, sin posibilidad de
subsanación.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
1. Costes directos de la actividad formativa:
a) Las retribuciones de los formadores internos y externos pudiéndose incluir salarios, seguros sociales, dietas y gastos de locomoción y, en general, todos los costes imputables a los formadores en el ejercicio de las actividades de preparación, impartición, tutoría y evaluación a los participantes de las acciones formativas.
b) Los gastos de amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas, calculados con criterios de amortización aceptados en las normas de contabilidad, así como el alquiler o arrendamiento financiero de los mismos, excluidos sus intereses, soportados en la ejecución de las acciones formativas.
c) Gastos de medios didácticos y/o adquisición de materiales didácticos, así como los gastos en bienes consumibles utilizados en la realización de las acciones formativas, incluyendo el material de protección y seguridad. Asimismo, en el caso de la teleformación, los costes imputables a los medios de comunicación utilizados entre formadores y participantes.
d) Los gastos de alquiler, arrendamiento financiero, excluidos sus intereses, o amortización de las aulas, talleres y demás superficies utilizadas en el desarrollo de la formación.
e) Gastos de seguro de accidentes de los participantes.
f) Gastos de transporte, manutención y alojamiento para los trabajadores ocupados que participen en las acciones formativas, con los límites fijados en la Orden EHA/3771/2005, de 2 de diciembre, por la que se revisa la cuantía de los gastos de locomoción y de las dietas en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas.
g) Los gastos de publicidad para la organización y difusión de las acciones formativas.
2. Costes asociados de la actividad formativa:
a) Los costes de personal de apoyo tanto interno como externo y todos los necesarios para la gestión y ejecución de la actividad formativa.
b) Los gastos financieros directamente relacionados con la actividad subvencionada y que resulten indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma. No serán subvencionables los intereses deudores de las cuentas bancarias.
c) Otros costes: Luz, agua, calefacción, mensajería, correo, limpieza, vigilancia y otros costes, no especificados anteriormente, asociados a la ejecución de la actividad formativa.
La suma de los costes asociados no podrá superar el 20 por ciento de los costes de la actividad formativa.
3. Otros costes subvencionables:
a) Los costes de evaluación y control de la calidad de la formación.
FINANCIACIÓN:
Importe maximo a solicitar por cada plan de formación:
Planes de formación transversales: 450.000,00
Planes de formación sectoriales: 3.000.000,00
-sector hostelería y turismo 90.720,00
-sector comercio 63.112,50
-sector industria 78.675,00
-sector construcción 78.225,00
-sector transporte 72.900.00
-sector metal 67.500,00
-sector sanidad y servicios sociales 59.600,00
-sector agricultura, ganadería, caza y pesca 66.450,00
-sector servicios empresariales 43.500,00