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MEJORA DE COMPETENCIAS PARA PERSONAS TRABAJADORAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA EMPLEAVERDE

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio para la Transición Ecológica

RESOLUCIÓN DE 18 DE DICIEMBRE DE 2019 DE LA DIRECCIÓN DE LA FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD, F.S.P., POR LA QUE SE APRUEBA LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE MEJORA DE COMPETENCIAS PARA PERSONAS TRABAJADORAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA EMPLEAVERDE COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO EN 2020.


RESOLUCIÓN DE 19 DE JUNIO DE 2020 DE LA DIRECCIÓN DE LA FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD F.S.P., POR LA QUE SE ADAPTA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE MEJORA DE COMPETENCIAS PARA PERSONAS TRABAJADORAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA EMPLEAVERDE COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO EN 2020 PARA CONTRIBUIR A SUPERAR LA CRISIS GENERADA POR EL COVID-19

 

OBJETIVO:

Apoyo a la mejora de competencias y cualificaciones de personas trabajadoras en temas de sostenibilidad.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Los solicitantes serán personas jurídicas públicas o privadas (en adelante entidades), con o sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con personalidad jurídica propia y que tengan sede enEspaña. La entidad beneficiaria de la subvención ejecuta el proyecto al amparo de un Documento que Establece las Condiciones de la Ayuda (DECA) con la FB. Cada DECA solo tendrá como partes del mismo a la FB, por un lado, y a la entidad beneficiaria por otro

Personas jurídicas públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro son por ejemplo, ayuntamientos, ONG, centros de formación, centros de inserción laboral, etc. Legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente. Con sede en España

Entidades colaboradoras

Si lo estima conveniente, la entidad beneficiaria podrá contar con la participación de una o varias entidades colaboradoras, entidades públicas o privadas con o sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia.Cada entidad colaboradora deberá asumir la obligación de cofinanciar, como mínimo, un 2% del coste total del proyecto. Asimismo, la contribución de la entidad colaboradora siempre aportará valor añadido al proyecto, pudiendo consistir en garantizar resultados positivos, reforzar el carácter innovador, facilitar el acceso a las personas destinatarias, potenciar la divulgación de las actuaciones, etc

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Se desarrollarán, como mínimo, en 2 comunidadesy/o ciudades autónomas.

Se incluyen a continuación algunos ejemplos orientativos sobre los que podrían versar los proyectos:

Acuicultura y pescasostenibles.

Agricultura y ganaderíasostenibles.

Ahorro y eficienciaenergética.

Compras y comercialización verde.

Ecodiseño.

Elaboración, distribución y/o venta de productosecológicos.

Energíasrenovables.

Gestión eficiente delagua.

Gestión forestalsostenible.

Gestión, mejora ambiental yeco-innovación en la industria oempresa.

Lucha contra el despoblamiento de zonas rurales.

Reconversión industrial a actividades ambientalmente sostenibles.

Reactivación económica y desarrollo alternativo de las comarcas basadas en sectores económicos en regresión.

Reducción, reutilización y reciclaje deresiduos.

Rehabilitación y edificaciónsostenible.

Transporte y movilidadsostenible.

Turismosostenible.

Esta convocatoria cuenta con dos líneas: Empleaverde Mejora y Empleazul Mejora, dependiendo de si los proyectos se enmarcan en la temática Empleaverdeo Empleazul.

Se persigue: Mejorar la empleabilidad y obtener una cualificación, para lo cual se pueden desarrollar las siguientes acciones:

Cursos de formación

Asesoramientos

Acciones de innovación social

Los proyectos tendrán una duración máxima de 9 meses.

Todas y cada una de las acciones que integran los proyectos deberán ir dirigidas a personas trabajadoras (por cuenta ajena y propia).No serán elegibles, en ningún caso, las personas trabajadoras de la entidad beneficiaria como destinatarios/as del proyecto.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

1. Gastos de personal:

1. El 100% del coste laboral del personal contratado exclusiva y específicamente para la ejecución de las actividades del proyecto.

2. El coste del personal propio de la entidad beneficiaria que esté adscrito al proyecto realizando alguna de sus tareas será financiable hasta el límite máximo del 85%.

2. Gastos indirectos

Gastos corrientes de la entidad beneficiaria generados por la ejecución del proyecto, normalmente comunes a los diferentes servicios o actividades que ofrecen las entidades. Únicamente se considerarán elegibles los gastos relativos a:

1. Suministros de agua, electricidad, calefacción y limpieza.

2. Correo, teléfono e internet.

3. Material de oficina.

4. Gastos de alquiler de locales.

El porcentaje de gastos indirectos del presupuesto vendrá determinado por el método de costes simplificados de aplicación.

3. Subcontrataciones

Todas aquellas subcontrataciones y contrataciones externas que realice la entidad beneficiaria para la realización de la actividad subvencionada no podrán superar el 50% del presupuesto total del proyecto, incluyendo los gastos de amortización de instalaciones y material inventariable y los gastos de publicidad.

FINANCIACIÓN:

Menos Desarrollada:Extremadura80%

En transición: Andalucía, Canarias, Castilla La Mancha, Melilla y Murcia80%

Más Desarrolladas: Asturias, Ceuta y Galicia80%

Más Desarrolladas: Aragón, Islas Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid, Navarra, La Rioja y País Vasco50%

El importe mínimo solicitado por proyecto será de 100.000 € y el máximo de 300.000 €. Este importe incluye tanto la cofinanciación del FSE como la financiación de la entidad beneficiaria y, en su caso, la de las entidades colaboradoras.

Las solicitudes que se presenten fuera de estos rangos no serán admitidas. Por otra parte, si el importe solicitado por una entidad con ánimo de lucro resulta finalmente inferior a 100.000 € tras la comprobación del cumplimiento del régimen de mínimis, dicha solicitud no será admitida.