Comisión Europea
CONVOCATORIA DE PROPUESTAS DEL SUBPROGRAMA MEDIA 2018 - APOYO A LA FORMACIÓN 2018
OBJETIVO:
facilitar la adquisición y mejora de las habilidades y competencias de los profesionales del sector audiovisual y el desarrollo de redes. Se enfatiza el uso de las tecnologías digitales para asegurar la adaptación a los últimos desarrollos del mercado, probando nuevas formas de contar historias en todos los formatos y para todas las plataformas, probando nuevos enfoques para el desarrollo de la audiencia incluyendo llegar a audiencias jóvenes, probar nuevos modelos comerciales y mejorar la capacidad de acceso a las finanzas.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Los solicitantes deben ser entidades del sector audiovisual (empresas privadas, organizaciones sin fines de lucro,
asociaciones, organizaciones benéficas, fundaciones, ayuntamientos / Ayuntamientos, etc.), establecidos en uno de los
países que participan en el Subprograma MEDIA y que son propiedad directa o por mayoría
participación, por nacionales de dichos países.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Formación en desarrollo de audiencia, marketing, nuevos modos de distribución y explotación, incluidos los que dependen de las últimas tecnologías digitales, en particular para llegar a públicos jóvenes;
Capacitación en gestión financiera y comercial con miras a mejorar la capacidad de acceso a la financiación, instrumentos financieros y nuevos modelos de negocio;
Formación en desarrollo y producción de obras audiovisuales, incluida la innovación en el desarrollo de contenidos (nueva narración de historias, nuevos formatos para todas las plataformas), intercambio de conocimientos y capacidades de conexión en red;
Formación integrando las oportunidades que ofrecen las tecnologías digitales para garantizar la adaptación a los últimos desarrollos del mercado.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Costos directos elegibles: los costos directos elegibles para la acción son aquellos costos que, con el debido respeto a las condiciones de elegibilidad establecidas anteriormente, son identificables como costos específicos directamente vinculados a la ejecución de la acción y que, por lo tanto, se pueden reservar directamente. , tales como: - el costo del personal que trabaja bajo un contrato de empleo con el solicitante o acto de designación equivalente asignado a la acción, incluyendo salarios reales más contribuciones a la seguridad social y otros costos legales incluidos en su remuneración, siempre que estos costos estén en línea con la política habitual de remuneración del solicitante o, en su caso, sus socios. Nota: este costo debe ser el costo real incurrido por el beneficiario, el cobeneficiario y el costo de personal de otras organizaciones, es elegible solo si el beneficiario lo paga directamente o lo reembolsa. Estos costos pueden incluir una remuneración adicional, incluidos los pagos basados en contratos suplementarios, independientemente de su naturaleza, siempre que se paguen de manera uniforme siempre que se requiera el mismo tipo de trabajo o experiencia e independientemente de la fuente de financiación utilizada. Los costos de personal no pueden exceder el 25% del total de los costos elegibles de la acción. El número real de días hábiles en un año debe ser respaldado por las hojas de tiempo y la evidencia debida (estados de sueldos anuales, registros contables, reglas internas de la organización, si corresponde).
- dietas y costes de viaje (para reuniones, talleres residenciales, eventos de promoción, etc.) siempre que estos costes estén en línea con las prácticas habituales del beneficiario y que no superen las escalas aprobadas anualmente por la Comisión http://ec.europa.eu/europeaid/sites/devco/files/perdiem-rate-20150318.pdf
- el coste de amortización del equipo (nuevo o de segunda mano), solo la parte de la depreciación del equipo correspondiente a la duración de la acción y la tasa de uso real a los efectos de la acción podrán ser tenidos en cuenta por la Agencia, excepto donde la naturaleza y / o el contexto de su uso justifica un tratamiento diferente por parte de la Agencia;
- costos de consumibles y suministros, siempre que sean identificables y estén asignados a la acción;
- costes derivados de otros contratos adjudicados por el beneficiario o sus socios a los fines de llevar a cabo la acción, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el acuerdo de subvención; - los costes derivados directamente de los requisitos vinculados a la realización de la acción (difusión de información, herramientas de aprendizaje a distancia, traducciones, reproducción, etc.),
- los costes relacionados con una garantía de prefinanciación presentada por el beneficiario de la subvención, cuando sea necesario;
- los costes relacionados con las auditorías externas cuando sea necesario en apoyo de las solicitudes de pago;
- el impuesto sobre el valor añadido ("IVA") no deducible para todas las actividades que no sean actividades de las autoridades públicas en los Estados miembros.
Costos indirectos elegibles (gastos generales): un monto fijo, equivalente al 7% de los costos directos elegibles de la acción, es elegible bajo costos indirectos, que representan los costos administrativos generales del beneficiario que pueden considerarse como imputables a la acción. Los costos indirectos pueden no incluir los costos ingresados en otro rubro presupuestario. Se llama la atención de los solicitantes sobre el hecho de que, en el caso de organizaciones que reciben una subvención operativa, los costos indirectos ya no son elegibles para acciones específicas.
FINANCIACIÓN:
La contribución financiera de la Unión no puede exceder:
- 60% de los costes elegibles totales de la acción en caso de acciones europeas;
- 80% de los costes subvencionables totales de la acción en caso de acuerdos internacionales y regionales comportamiento.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
26/04/2018 12:00 PM (hora Bruselas)