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MEDIA "CINE AUTOMÁTICO"

InformaciónTramitaciónNormativa
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CONVOCATORIA DE PROPUESTAS DEL SUBPROGRAMA MEDIA - APOYO A LA DISTRIBUCIÓN DE PELÍCULAS EUROPEAS NO NACIONALES: "CINE AUTOMÁTICO" - EACEA/09/2016​

OBJETIVO:

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La presente convocatoria de propuestas se basa en el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el programa Europa Creativa (2014-2020)1.

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Dentro del objetivo específico de promover la circulación transnacional de películas europeas, una de las prioridades del subprograma MEDIA es la siguiente:

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 distribución de películas en salas a través del marketing transnacional, la estrategia de marca, la distribución y la exhibición de obras audiovisuales.

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El subprograma MEDIA subvencionará:

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 la distribución de películas europeas no nacionales en salas y demás plataformas, y la comercialización internacional de obras audiovisuales, concretamente mediante su subtitulación, doblaje y audiodescripció

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Los solicitantes serán distribuidores cinematográficos europeos cuya actividad comercial consista en hacer llegar películas a un público amplio con fines de explotación comercial en sala, y que contribuyan a dicho objetivo.

Los solicitantes tienen que estar establecidos en uno de los países que participan en el subprograma MEDIA, y la entidad ha de ser propiedad, directamente o por participación mayoritaria, de ciudadanos de esos países.

Serán admisibles los siguientes países si se cumplen todas las condiciones a las que se refiere el artículo 8 del Reglamento por el que se establece el programa Europa Creativa y si la Comisión ha entablado negociaciones con el país:

− los Estados miembros de la UE;

− los países adherentes, países candidatos y países candidatos potenciales que se hayan acogido a una estrategia de preadhesión, conforme a los principios y condiciones generales de participación de dichos países en programas de la Unión establecidos en los respectivos acuerdos marco y decisiones del Consejo de Asociación o en acuerdos similares;

− los países de la AELC que sean miembros del EEE, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo EEE;

− la Confederación Helvética, sobre la base de un acuerdo bilateral que debe celebrarse con este país;

− Países que participan en la Política Europea de Vecindad, de conformidad con los procedimientos establecidos con dichos países en virtud de los acuerdos marco por los que se dispone su participación en los programas de la Unión Europea.

El Programa también estará abierto a acciones de cooperación bilateral o multilateral destinadas a los países o regiones seleccionados, basándose en los créditos adicionales pagados y en los acuerdos específicos adoptados con esos países o regiones.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

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1. La generación de un fondo potencial, proporcional al número de entradas a películas europeas no nacionales vendidas en el período de referencia (2015) en países participantes en el subprograma MEDIA, hasta un tope determinado por película y ajustado para cada país. ​​

2. Reinversión. El fondo potencial así generado por cada empresa tiene que reinvertirse en:

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Módulo 1, coproducción de películas europeas no nacionales;

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Módulo 2, adquisición de los derechos de distribución, por ejemplo mediante garantías mínimas, de películas europeas no- nacionales;

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Módulo 3, costes de edición (copias, doblaje y subtitulado), de promoción de películas europeas no- nacionales

FINANCIACIÓN:

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El presupuesto total disponible es de 20.200.000 EUR.

La participación financiera de la Unión no excederá del 40 %, 50 % o 60 % del total de costes admisibles, según la nacionalidad de la película y el territorio de distribución​