Servicio Canario de Empleo
BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ITINERARIOS INDIVIDUALIZADOS Y PERSONALIZADOS DE EMPLEO, PARA COLECTIVOS VULNERABLES, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
OBJETIVO:
financiación de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la
equidad, mediante la realización de itinerarios individualizados y personalizados de
empleo, para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, en régimen de concurrencia no competitiva, para el
ejercicio 2022
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Canarias, sus organismos
autónomos y entidades con competencias en materia de promoción del empleo,
dependientes o vinculadas a las Corporaciones Locales, cuya titularidad corresponda
íntegramente a las mismas.
b) Corporaciones de Derecho Público.
c) Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin fin de lucro radicadas en la
Comunidad Autónoma de Canarias.
d) Entidades de formación.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
desarrollo
de proyectos integrados de inserción laboral, a través de itinerarios individualizados y
personalizados que incluyan actividades de orientación y formación a favor de
colectivos vulnerables, especialmente parados de larga duración, así como, en su
caso, otras acciones que faciliten su inserción.
A efectos de este programa, se entenderá por colectivos vulnerables las personas
desempleadas de larga duración, así como todos aquellos otros colectivos que así se
determinen en la convocatoria.
Para la convocatoria 2022 se establecen dos tipos de proyectos:
- Proyectos dirigidos a personas desempleadas de larga duración, según
definición recogida en la base segunda de la presente resolución, con
necesidades de cualificación.
Se entiende a los efectos de este programa que una persona desempleada de
larga duración necesita cualificación cuando no disponga de un certificado de
profesionalidad, título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, título
de formación profesional de grado medio o superior o una titulación universitaria
que le permita el desempeño de profesiones en un sector laboral concreto.
- Proyectos dirigidos a personas desempleadas de larga duración, según
definición recogida en la base segunda de la presente resolución, con
necesidades de recualificación.
Se entiende a los efectos de este programa que una persona desempleada de
larga duración necesita recualificación cuando disponga de un certificado de
profesionalidad, título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, título
de formación profesional de grado medio o superior o una titulación universitaria.
Se considerarán personas desempleadas de larga duración aquellas que hayan
permanecido en situación de desempleo durante 12 meses dentro de los 18 meses
anteriores al momento en que inicien su participación en el proyecto, habiendo estado
inscritas como demandantes de empleo durante ese mismo periodo
Se podrán incluir en el itinerario otras acciones facilitadoras de la inserción, tales como,
en su caso, ayudas para la conciliación de la participación en el proyecto y el cuidado
de familiares, ayudas de formación o de transporte, ayudas a la contratación laboral y
ajuste de la persona al puesto de trabajo, según se regulen en cada convocatoria.
El importe mínimo que podrán solicitar las entidades beneficiarias será de
doscientos cincuenta mil euros (250.000 euros), siendo el importe máximo a solicitar,
cuatrocientos mil euros (400.000 euros).
Los itinerarios individualizados y personalizados, en la convocatoria 2022, tendrán
una duración máxima de nueve meses.
La duración mínima de un itinerario será de seis meses a contar desde la fecha de
inicio de realización del mismo.
La acción directa con las personas participantes comenzará como máximo en el plazo
de 30 días naturales desde la fecha de inicio del proyecto.
Los proyectos tendrá una duración máxima hasta el 30 de septiembre de 2023.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Las subvenciones a otorgar para el desarrollo de los proyectos integrados de
inserción laboral se destinarán a financiar los costes de los itinerarios individualizados
y personalizados de las personas participantes, incluyendo los de las acciones
formativas, y las acciones de orientación y otras acciones facilitadoras de la inserción,
que se organicen por parte de las entidades beneficiarias a favor de las personas
participantes descritas en la base segunda, a fin de que concluyan los itinerarios que
para ellas diseñen e implementen las entidades beneficiarias.
Dichas personas participantes, en calidad de beneficiarios finales, serán los que
reciban la formación o la organización de los itinerarios.
Las acciones que comprendan los itinerarios individualizados y personalizados de
inserción, podrán consistir en:
a) Acciones de orientación y acompañamiento.
b) Acciones de formación conforme al itinerario.
c) Acompañamiento y seguimiento de las actuaciones
d) Participación en programas de orientación, de atención para la búsqueda de
empleo.
e) Becas de conciliación.
f) Becas de formación, para transporte y alojamiento.
g) Ayudas a la contratación laboral.
h) Otras que considere precisas la entidad beneficiaria dentro del itinerario.
FINANCIACIÓN:
El coste unitario, por participante finalizado, será de seis mil euros (6.000 €), que
será el módulo de referencia para la justificación del gasto, conforme al Anexo III de la
Orden TES/440/2022, de 17 de mayo.
La financiación total de la subvención se determinará en la correspondiente resolución
de concesión, en función del número de participantes atendidos, las acciones
desarrolladas, el número de horas de formación impartidas así como de los objetivos
de inserción previstos y el correspondiente módulo, de forma que:
a) La cantidad a percibir por participante en acciones de formación será 1.200
euros/persona, para cuyo cálculo se ha tenido en consideración un módulo hora de 12
euros.
b) Para las acciones de orientación y acompañamiento la cantidad a percibir, por
persona atendida y que finalice su itinerario, será de 3.000 euros.
c) En el caso de otras acciones facilitadoras de la inserción, la cantidad a percibir será
de 1.800 euros /persona.