Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
ORDEN DE 17 DE JUNIO DE 2019, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE EFECTÚA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR LA REALIZACIÓN DE INTERVENCIONES DE INTERÉS PÚBLICO Y SOCIAL PARA LA PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA DE LA JUVENTUD EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA EL EJERCICIO 2019.
OBJETIVO:
a) Apoyar el desarrollo de actividades de interés social que dinamicen la participación de las personas jóvenes en la sociedad canaria desde los principios de solidaridad, tolerancia, cultura de la paz y defensa de los derechos humanos.
b) Incidir en el aprendizaje personal y grupal, desarrollando acciones formativas encaminadas a facilitar la convivencia desde la diversidad, la igualdad de género, la participación democrática, la promoción de los derechos sociales de ciudadanía del colectivo de jóvenes o la solidaridad con los sectores juveniles desfavorecidos.
c) Promover acciones de ocio y tiempo libre encaminadas al fomento de hábitos participativos y saludables, el consumo responsable o la convivencia intercultural entre la juventud de su entorno así como las que promuevan la participación activa de las personas jóvenes en actividades artísticas y creativas, culturales y de sostenibilidad medioambiental.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Asociaciones Juveniles, Federaciones o Confederaciones de Asociaciones Juveniles.
b) Entidades que en su Estatuto acrediten la previsión expresa para:
1) Prestación de servicios a la juventud, en el ámbito específico de las actividades juveniles y no específicamente deportivas.
2) Gestión de contenidos específicamente juveniles mediante Sección Juvenil con autonomía funcional, organización y dirección propia.
c) Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias, de municipios de menos de cincuenta mil habitantes.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Serán desestimadas las intervenciones cuyos contenidos finalistas estén destinados a:
a) Actividades docentes, previstas en los planes de estudios vigentes así como viajes de fin de curso u otras actividades extraescolares de similar naturaleza.
b) Actividades deportivas federadas.
c) Proyectos y/o acciones financiados por el Programa Erasmus+ Juventud de la Unión Europea o análogo que lo sustituya.
d) Aquellos que contengan preceptos que infrinjan alguna normativa vigente.
Las intervenciones se adaptarán a los requisitos siguientes:
a) Tener acreditado interés público y social acorde con lo establecido en la base primera para la promoción y fomento de la calidad de vida de la juventud.
b) Desarrollar su contenido conforme al formulario 2 de las presentes bases.
c) Que su ámbito territorial de ejecución sea la Comunidad Autónoma de Canarias.
d) Estar destinados a personas jóvenes de Canarias con edades comprendidas entre 14 y 30 años, de forma exclusiva, o que les incluya de forma significativa entre una pluralidad de destinatarios.
e) Período de realización máximo de nueve meses que comprende desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2019.Serán desestimadas las intervenciones cuyos contenidos finalistas estén destinados a:
a) Actividades docentes, previstas en los planes de estudios vigentes así como viajes de fin de curso u otras actividades extraescolares de similar naturaleza.
b) Actividades deportivas federadas.
c) Proyectos y/o acciones financiados por el Programa Erasmus+ Juventud de la Unión Europea o análogo que lo sustituya.
d) Aquellos que contengan preceptos que infrinjan alguna normativa vigente.
3. Las intervenciones se adaptarán a los requisitos siguientes:
a) Tener acreditado interés público y social acorde con lo establecido en la base primera para la promoción y fomento de la calidad de vida de la juventud.
b) Desarrollar su contenido conforme al formulario 2 de las presentes bases.
c) Que su ámbito territorial de ejecución sea la Comunidad Autónoma de Canarias.
d) Estar destinados a personas jóvenes de Canarias con edades comprendidas entre 14 y 30 años, de forma exclusiva, o que les incluya de forma significativa entre una pluralidad de destinatarios.
e) Período de realización máximo de nueve meses que comprende desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2019.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a) Material fungible.
b) Alojamiento.
c) Manutención.
d) Transportes.
e) Seguro de responsabilidad civil, seguro de accidentes y cualquier otro de similar naturaleza (o su parte proporcional si la contratación es anual).
f) Alquiler de espacios y/o equipamientos técnicos.
g) Diseño, desarrollo, perfeccionamiento, modificación y/o mantenimiento de páginas web o portales en Internet.
FINANCIACIÓN:
Las cuantías de subvención máxima a conceder será las siguientes:
1) De 3.000 euros, a solicitantes encuadrados en los epígrafes a) y b), del apartado 1, de la base tercera.
2) De 2.000 euros, a solicitantes encuadrados en el epígrafe c), del apartado 1, de la base tercera.