Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
OBJETIVO:
1. Dar publicidad al Convenio mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», cuyo texto íntegro figura como anexo de la presente resolución.
2. Convocar para el año 2013 las ayudas para la minoración de intereses de los préstamos concedidos al amparo de dicho Convenio a que hacen referencia las estipulaciones tercera y cuarta del mismo.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán solicitar las ayudas y los préstamos acogidos al Convenio las empresas privadas de producción cinematográfica, de cualquier lugar de España, inscritas como tales en la Sección Primera del Registro de Empresas del ICAA con datos actualizados
FINANCIACIÓN:
Con destino a la financiación de todas las operaciones que se formalicen al amparo de este Convenio, a través de la mediación de entidades financieras, se establece un importe total de hasta un máximo de veinticinco millones de euros (25.000.000 €)
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de solicitudes de préstamos acogidos al Convenio y de la ayuda financiera del ICAA se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 12 de septiembre de 2013.
El plazo para la formalización de los préstamos será hasta el 8 de octubre de 2013
La suscripción para el año 2013 del Convenio de colaboración entre el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (en adelante ICAA) y el Instituto de Crédito Oficial (en adelante ICO), al amparo del artículo 33 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine y del artículo 20.2 del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, que la desarrolla, para el establecimiento de una línea de financiación para la producción cinematográfica de largometrajes requiere establecer los plazos y condiciones para optar a sus beneficios de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del citado Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales, establece las normas comunes para todas las ayudas.
Las ayudas a las que se refiere la presente resolución, además de por lo previsto por la misma y por la normativa anteriormente citada, se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley y por la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y sus organismos públicos.
ENLACES DE INTERÉS:
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-6061