Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 18 DE MAYO DE 2023 DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE E.P.E. INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE), M.P. POR LA QUE SE ESTABLECE LA PRIMERA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA INSTALACIONES DE GENERACIÓN ELÉCTRICA A PARTIR DE FUENTES RENOVABLES EN LAS ISLAS CANARIAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA - NEXTGENERATIONEU.
OBJETIVO:
desarrollo de proyectos de inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica mediante fuentes de origen renovable de carácter innovador que asegure potencia firme al sistema o con un marcado carácter social, la repotenciación o renovación tecnológica de instalaciones obsoletas próximas al final de su vida útil o, la integración de sistemas de almacenamiento en las instalaciones de generación, pudiendo incluir actuaciones de inversión en producción de hidrógeno renovable o aquellas que mejoren la gestión y optimicen la producción, permitiendo el autoconsumo y la incorporación de la energía a mercados locales.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán obtener la condición de beneficiario las personas jurídicas, públicas o privadas, que puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que motivan la concesión de esta ayuda, siempre y cuando cumplan con lo establecido en el artículo 5 de las bases reguladoras.
que realicen, o no, una actividad económica por la que ofrezcan servicios en el mercado. y tengan domicilio fiscal en España.
Por tanto, podrán ser beneficiarios las Administraciones Públicas en su sentido más amplio (ámbito regional, insular y local), incluyendo el sector público institucional de la Administración Pública. También podrán ser beneficiarias las comunidades energéticas, las empresas de servicios energéticos que realizan la gestión integral de las instalaciones de energía o introducen mejoras de eficiencia energética para generar unos ahorros que permitan el pago del servicio prestado, así como cualquier entidad con personalidad jurídica válidamente constituida.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
El ámbito geográfico de los proyectos que opten a las ayudas que se concedan es la Comunidad Autónoma de Canarias.
Las instalaciones deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 31 de enero de 2026. El plazo de justificación por parte de los beneficiarios de la realización de las actuaciones, será de tres meses a partir de su finalización.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
– Elaboración del proyecto de ejecución.
– Dirección facultativa de obra, incluida la emisión y visado de certificaciones de obra.
– Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.
– Equipos principales de generación.
– Sistemas de almacenamiento para la energía generada por la instalación renovable.
– Instalación de agua y auxiliares, sistema contra incendios.
– Obra civil, cimentaciones u otros sistemas de anclaje.
– Sistemas eléctricos y de control, asociados a la instalación. Equipamientos electromecánicos.
– Subestación eléctrica, líneas de evacuación e interconexión de centrales y de los sistemas de integración de energía eléctrica y gestión de la demanda, aparellaje e infraestructuras eléctricas hasta el punto de conexión con la red eléctrica de transporte o distribución. En su caso, se incluirán las protecciones y equipamientos bajo el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y el Reglamento de Instalaciones Eléctricas en Alta Tensión (RIAT) y sus instrucciones técnicas complementarias.
– Sistemas de medición del recurso en el emplazamiento.
– Análisis para la caracterización de materias primas.
– Sistemas de control, monitorización y comunicación.
– Sistema de gestión, control efectivo y monitorización de la demanda de energía.
– Redes de distribución inteligentes (Smart grids).
– Transporte y montaje, puesta en marcha, controles de calidad y ensayos.
– Los costes de gestión de la solicitud y de la justificación de la realización de las actuaciones de la ayuda,
– Gasto de elaboración del informe de auditor.
– Costes relativos al cumplimiento de las obligaciones del principio DNSH
FINANCIACIÓN:
La intensidad de ayuda máxima que podrá solicitarse será del 80%, pudiendo las convocatorias establecer distintas intensidades más restrictivas en función de la instalación tipo.
Para calcular la ayuda máxima de cada proyecto, se multiplicará la intensidad de ayuda máxima por el presupuesto subvencionable.
LÍMITES MÁXIMOS DE AYUDA (PÁGINA 17)