Cabildo Insular de Tenerife
EL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE, EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 28 DE MARZO DEL PRESENTE AÑO, APROBÓ LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES CON DESTINO A LA FINANCIACIÓN DE LOS GASTOS CORRIENTES REALIZADOS POR LAS COFRADÍAS DE PESCADORES DE LA ISLA DE TENERIFE PARA EL DESARROLLO DE SU ACTIVIDAD, EJERCICIO 2017, QUE SE TRANSCRIBEN A CONTINUACIÓN, DEJANDO SIN EFECTO LAS BASES DE LA PRESENTE LÍNEA DE SUBVENCIONES, APROBADAS POR EL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR EL 29 DE MARZO DE 2016 (B.O.P. Nº 53, 2 DE MAYO DE 2016)
OBJETIVO:
otorgamiento de subvenciones con
destino a sufragar gastos de n
aturaleza no inventariable realizados por las Cofradías
de Pescadores de la isla de Tenerife para el desarrollo de su actividad.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en las presentes bases las
Cofradías de Pescadores de la isla
de Tenerife debidamente constituidas a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes, y siempre que cumplan los
siguientes requisitos:
•
No estar incursa en las prohibiciones establecidas en el apartado segundo y
tercero del artículo 13º de la Le
y 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
•
Haber obtenido la preceptiva autorización administrativa de apertura y
funcionamiento de las lonjas y establecimientos para la primera venta de los
productos pesqueros, conforme a la normativa aplica
ble.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
gastos corrientes generados por las Cofradías de
Pescadores de la isla d
e Tenerife para el desarrollo de su actividad, entre el 1 de
octubre del año inmediatamente anterior al de la convocatoria y el 31 de agosto del
año de la convocatoria
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Gastos de funcionamiento generados por el suministro eléctrico, agua,
teléfono, adquisición de material fungible de oficina, reparaciones y
mantenimiento de las instalaciones, contratación de seguros obligatorios,
arrendamientos, cánones y los derivados de operaciones financieras
suscritas para hacer frente a los referidos gastos, en concepto de intereses
Gastos de gestión que genere la contratación del personal, en concepto de
nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social, que tengan por finalidad la
mejora de la asistencia técnica, económica, informática, así como la
seguridad e higiene en el trabajo y el apoyo de la gestión administrativa o
técnica.
Los de mejora de la profesionalización, generados como consecuencia del
desarrollo de actividades profesio
nales, tales como los de asesoría laboral,
asesoría fiscal, abogados, etc
FINANCIACIÓN:
El importe de cada subvención se calculará dividiendo el crédito aprobado en la
correspondiente convoc
atoria y, en su caso, su posible ampliación, entre el número de
solicitantes con derecho a subvención, sin que en ningún caso pueda superar el 100%
del presupuesto de la actividad subvencionable. En caso de que el citado importe
supere el presupuesto de la
actividad subvencionable de algún solicitante, el crédito
sobrante será distribuido linealmente en la forma anteriormente establecida