Cabildo Insular de Tenerife
BASES QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS DE MÚSICA Y DANZA DURANTE EL CURSO 2016-17
OBJETIVO:
La financiación de gastos de
funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza
durante el curso 2016/17 a fin de coadyuvar en el
mantenimiento de la calidad y variedad instrumental
de las enseñanzas musicales no regladas
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Que sean de titularidad pública.
b) Que estén creadas y autorizadas al amparo de
lo dispuesto en el Decreto 179/1994, de 29 de julio,
de regulación de Escuelas de Música y Danza, del
Gobierno de Canarias.
c) Que estén en funcionamiento y hayan impartido
clases desde el comienzo del curso académico
2016-2017.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Por gastos de funcionamiento se entenderán los
relativos al coste que ocasionan los contratos de los
profesores de especialidades autorizadas y del personal
de administración de la escuela.
FINANCIACIÓN:
La cuantía de la aportación a distribuir
entre las Escuelas de Música y Danza de Tenerife
será determinada en la correspondiente convocatoria.
1. Cada entidad solicitante que haya tenido actividad
regular durante el curso 2016-2017 recibirá la
cantidad de 18.000,00 €.
2. Además de la cantidad anterior, cada escuela
recibirá el importe que resulte de la aplicación de
los criterios y métodos de cálculo a continuación
indicados:
a. El criterio principal para determinar la cuantía
correspondiente será el número de alumnos inscritos
en práctica instrumental de:
i. Especialidades de la música sinfónica.
ii. El piano, la guitarra y el canto.
iii. Los instrumentos de la música moderna y de la
música popular incluidos en el proyecto educativo
de la escuela de música.